Hacienda advierte: así afecta el cheque de 200 euros en la Declaración de la Renta
La Agencia Tributaria aclara si se debe incluir el cobro de la ayuda en la Declaración de la Renta
Un grueso considerable de los contribuyentes habrán de enfrentarse hasta el próximo 1 de julio a la presentación de la Declaración de la Renta, un trámite ineludible si se han percibido más de 22.000 euros a lo largo del año pasado, o bien, 14.000 euros si procedían de más de un pagador y los pagos eran superiores a 1.500 euros.
En este contexto, surgen un sinfín de interrogantes. Especialmente, cuando se trata de ingresos que no se percibieron en años anteriores. Una clara muestra de ello, es el cheque de 200 euros impulsado por el Gobierno para paliar los efectos de la invasión de Ucrania en las familias con menos recursos económicos.
Cheque de 200 euros
La ayuda estaba dirigida a los asalariados, autónomos o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo. Dado que estaba orientada a las personas con menos recursos, para solicitarla, los ingresos anuales no podían exceder los 27.000 euros y el patrimonio, sin tener en cuenta la vivienda habitual, no podía ser superior a los 75.000 euros.
Para cobrar la ayuda no se podía cobrar más de 27.000 euros al año
A la hora de conceder el subsidio, la Agencia tributaria no solo evaluaba que el solicitante cumpliese el requisito sino también su unidad familiar, teniendo en cuenta a los cónyuges o parejas de hecho, descendientes menores de 25 años o con discapacidad y ascendientes hasta segundo grado por línea directa.
No se tenía derecho a la ayuda de 200 euros en caso de que alguien en la unidad familiar o la persona hubiese solicitado el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o una pensión. Sin embargo, se podía recibir la ayuda en caso de que se beneficiasen de rentas mínimas de inserción concedidas por las comunidades autónomas.
Cómo presentar la Renta
Los contribuyentes deben tener en cuenta que disponen de distintas formas para presentar la Renta. Quienes opten por tramitarla por internet, a través del servicio Renta Web, han de saber que el plazo ya se ha abierto.
Mientras que las personas que se decanten por rendir cuentas con el fisco por teléfono habrán de esperar hasta el 7 de mayo, las que estén interesadas en hacerlo de forma presencial no podrán desplazarse hasta una oficina de la Agencia Tributaria para realizar la gestión hasta el próximo 3 de junio.
En ambos casos será necesario pedir cita previa, si bien los plazos cambian según la forma de tramitación. El plazo para solicitar cita previa para tramitar la Renta presencialmente se abrirá el 26 de mayo, si bien para pedirla para confeccionarla en la oficina de la Agencia Tributaria arrancará el 29 de mayo.
En cualquier caso, la fecha límite para formalizar el trámite concluye el 1 de julio.
Cómo afecta a la hora de presentar la Renta
Según ha aclarado la Agencia Tributaria, el cobro de la ayuda tributa en la declaración del Impuesto sobre la Renta Físicas (IRPF) del año en el que se cobre como una ganancia patrimonial a integrar en la base imponible general del gravamen.
El cobro de la ayuda se debe incluir en el apartado F1 epígrafe 0356 de la Renta
Consecuentemente, será indispensable hacer constar en la Declaración de la Renta el cobro del cheque. Cabe destacar, no obstante, que en el caso de que se descargue el borrador de la Renta ya aparecerá incluida la ayuda.
Sin embargo, si se lleva a cabo la Declaración de la Renta desde cero se deberá añadir de forma manual en el apartado F1, que hace referencia a las ganancias patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales, en el epígrafe 0356.