¡Hasta 500 € por nacimiento: así se puede solicitar la ayuda a la natalidad

La Comunidad de Madrid tiene en marcha distintas opciones para ayudar a las mujeres embarazadas

Natalidad.

En la última década, en España los nacimientos han caído un 25%. Foto: Freepik

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Fomentar la natalidad es uno de los objetivos de muchos de los países occidentales, que ven como año tras año los nacimientos disminuyen, con todos los problemas sociales y económicos que esto supone. También en España, donde en la última década los nacimientos han caído un 25%, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Por ello, los gobiernos llevan a cabo medidas para incentivar la natalidad, como mejorar la conciliación laboral y familiar, o directamente dando ayudas económicas a los padres y madres cuando tienen un bebé.

La Comunidad de Madrid tiene en marcha desde el año pasado diferentes ayudas para promover la natalidad de la región y ayudar a las mujeres embarazadas. En concreto, se dirige a todas aquellas mujeres menores de 30 años que se encuentren en algunas de las siguientes situaciones:

  • Mujeres en la semana 21 o más de embarazo.
  • Mujeres que han sido madres de hijos de hasta 24 meses.
  • Personas que han adoptado un menor a partir de enero de 2022.

En qué consiste la ayuda a la natalidad

La ayuda por embarazo son 500 euros mensuales por hijo durante 24 meses, para las personas que cumplan estos requisitos:

  • Tener hasta 30 años.
  • Tener residencia legal en España
  • Residir y estar empadronada en la Comunidad de Madrid al menos cinco años, dentro de los diez años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, y mientras se recibe la ayuda. Para calcular este periodo se tendrán en cuenta todos los municipios de la Comunidad de Madrid en los que se haya estado empadronado.
  • Tener una renta anual menor que 30.000 € individual o 36.200 € como unidad familiar. Se tendrá en cuenta el IRPF del último período impositivo vencido en el momento de presentar la solicitud.

Cómo presentar la solicitud

Para pedir la ayuda a la natalidad, hay que presentar la siguiente documentación:

  • Certificados de empadronamiento histórico y actual.
  • DNI, NIE o la tarjeta de identificación de extranjeros (TIE).
  • Acreditación del embarazo, parto o adopción:
    • Informe médico, que acredite que se ha iniciado la semana 21 de embarazo en la fecha de presentación de la solicitud, la edad gestacional, la fecha previsible del parto, número de fetos, firma y número de colegiado del profesional médico.
    • En el caso de mujeres que ya han sido madres, certificado de registro individual o copia de los certificados de nacimiento.
    • En el caso de las adopciones: certificado de registro individual o copia del libro de familia si este ha sido expedido antes del 30 de abril de 2021, donde conste el nacimiento de los hijos o, en su defecto, certificado de inscripción de la adopción en el Registro Civil.
Las mujeres en la semana 21 o más de embarazo pueden solicitar la ayuda a la natalidad de la Comunidad de Madrid. Foto: Freepik
  • Declaración del IRPF o certificado negativo de renta del ejercicio anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

También se contemplan otras situaciones, como pérdida de la guarda y custodia del solicitante, pérdida de la patria potestad del solicitante, etc., para las cuales habrá que presentar la documentación acreditativa; o el certificado de defunción en caso de defunción del solicitante de la ayuda o del menor para el que se solicita ayuda.

Presentación telemática

La solicitud de la ayuda a la natalidad se puede hacer de manera telemática, si se dispone de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid, rellenando este formulario y presentando la documentación que haya que aportar.

Presentación presencial

El trámite también se puede hacer de manera presencial en las oficinas. Hay que rellenar el formulario, descargarlo e imprimirlo y presentarlo junto al resto de documentos en los lugares habilitados para ello.

Hay que tener en cuenta que se debe consultar si hay que solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano a la que se desee acudir.

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