«La morosidad de los vecinos aumentará a partir de septiembre»

Sebastián Cucala, presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia, afirma que "el problema llegará en unos meses cuando los ERTES sean ERES"

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Pocas figuras alejadas del mundo de la sanidad se han vuelto más importantes en España en estos últimos meses que los administradores de fincas. Sebastián Cucala, el presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Valencia y Castellón, asegura que «nuestra labor se ha convertido en una tarea esencial para mantener la convivencia y el orden de los vecinos». 

Y es que durante los meses de confinamiento además de prestar sus habituales servicios, «hemos tenido que difundir y aclarar la normativa a cumplir», señala. No obstante, se muestra pesimista de cara a «la nueva normalidad» en la que está convencido de que «cuando los ERTES se empiecen a convertir en ERES volveremos a los niveles económicos de 2008».

Han sido unos meses muy intensos para todos, ¿cómo lo han vivido los administradores de fincas? ¿qué valoración hacen de su aportación a los vecinos durante este tiempo?

Ha sido un reto para nosotros. Desde el primer momento en el que se produjo el confinamiento tuvimos claro que la actividad que desarrollábamos debía de ser esencial para mantener el funcionamiento de todos los servicios comunes del edificio. A lo largo de los meses hemos tenido que ir gestionando incidencias y situaciones nuevas que se han ocasionando con la publicación de diferentes normativas en cuanto a las limitaciones de uso. Sobre todo hemos hecho labor de difusión y aclaración.

¿Cree que la ambigüedad del Gobierno a la hora implantar y comunicar las medidas de seguridad ha dificultado que estas se lleven a cabo?

Nuestro colectivo ha echado en falta que la normativa hiciese mención expresa a las comunidades. Por ejemplo, en la Comunitat Valenciana hasta la entrada en la fase 3 no se especificó nada sobre las piscinas comunitarias.

De hecho, hubo mucha polémica porque algunos abogados señalaron públicamente que era legal usarlas afirmando que podían considerarse privadas. 

Sí, efectivamente. Sin embargo, nosotros creemos que las piscinas privadas son aquellas que tienen un uso unifamiliar. Hay piscinas en urbanizaciones con hasta 1.000 potenciales usuarios que no podemos entender que sean piscinas privadas. 

Mucha gente todavía desconoce la legislación concreta respecto a las piscinas comunitarias, ¿qué dice la normativa exactamente? 

No tienen que tener un socorrista contratado por obligación las que tienen menos de 200 metros cuadrados de lámina de agua, pero las que tiene una superficie mayor sí y el aforo máximo es del 75%.

¿El aforo máximo respecto a la capacidad de la piscina en sí o de todo el recinto que la rodea?

Depende de la piscina. Si el aforo máximo de una piscina es de 20 personas, pero en la zona exterior es de 15, se tendrían que atener a la zona exterior porque si no tendrían que estar los 20 permanentemente en el agua. Todo este tipo de problemáticas ha generado que haya habido que analizar caso por caso para adecuarnos a la exigencias de la normativa. 

En la situación de recesión económica en la que nos encontramos, ¿ha aumentado la morosidad?

De momento no se han registrado niveles de morosidad que llamen especialmente la atención, pero entendemos que va a tener un repunte sobre todo a partir de septiembre. En la provincia de Valencia el método más extendido de liquidación de gastos de comunidad es la liquidación de gastos trimestrales, por lo que ahora que cerramos este segundo trimestre es cuando vamos a apreciar si la gente va a atender los recibos con normalidad o si, por el contrario, va a haber retraso en los pagos. Pero a nivel colectivo entendemos que el momento más crítico va a ser después del verano ya que mucha gente que está en ERTE pasará directamente al desempleo, lo que supondrá un incremento notable de la morosidad en los pagos de los gastos de comunidad como ya pasó en 2007 y 2008. 

¿Cómo puede actuar la comunidad contra el moroso?

Depende de cada caso. No se le da el mismo tratamiento al vecino que por situación económica no tiene capacidad de pagar que a aquel que no da ningún tipo de información ni explicación a la comunidad. En este caso, se suele terminar generando una reclamación judicial contra el deudor con el fin de cobrar. 

¿Han aumentado las okupaciones durante el confinamiento?

El índice de okupaciones ha sido similar o incluso menor puesto que la imposibilidad de poder deambular de manera libre ha impedido hacer okupación. Sí que es cierto que a partir de la apertura de circulación estamos registrando mayor incidencia de casos de okupación. Y estos se suelen estar registrando en inmuebles que están en poder de fondos de inversión o de entidades de crédito. Los okupas buscan ese tipo de viviendas a sabiendas de que luego es más complicado poder solicitar su lanzamiento por el hecho de que los propietarios tienen menos protección que un individual que tenga menos de diez inmuebles, que es lo que marca la norma. 

¿Y de qué manera puede intervenir la comunidad contra ellos?

La única opción que tienen es la acción contra actividades molestas que establece la Ley Horizontal, y que debe ir respaldada por una serie de pruebas en cuanto a intervención policial, lo que termina en un procedimiento judicial en el cual el juez puede determinar la privación del uso de esa vivienda hasta un plazo máximo de tres años. 

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