Vivienda ordena los primeros pagos a colectivos vulnerables

Este primer pago va destinado a 53 municipios y 14 mancomunidades por un valor de 1.401.071,60 euros

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La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, a través de la Dirección General de Emergencia Habitacional, Función Social de la Vivienda y el Observatorio del Hábitat y Segregación Urbana, ha ordenado el pago a una primera relación de 53 municipios y 14 mancomunidades que han aceptado formalmente tramitar ayudas para vivienda con el fin de ayudar a colectivos vulnerables afectados por la COVID19.

Las más de cien entidades locales que, hasta la fecha, han aceptado tramitar estas ayudas, por importe global máximo de 5 millones de euros, deben facilitar un alojamiento o solución habitacional inmediata a víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, sin hogar y colectivos especialmente vulnerables afectados, directa o indirectamente por la pandemia de la COVID19 dentro del territorio de la Comunitat Valenciana. El primer pago ordenado asciende a la cantidad total de 1.401.071,60 euros.

El vicepresidente segundo y conseller de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, Rubén Martínez Dalmau, ha señalado que el impacto de la COVID-19 «obliga a las administraciones públicas a adoptar, en el menor tiempo posible, medidas que tiendan a paliar los efectos que están sufriendo los ciudadanos y, por este motivo, se aprobó el citado decreto del pasado 15 de mayo”.

REPARTO POR PROVINCIAS

Por provincias, en Valencia han sido numerosos los municipios que hasta la fecha han aceptado tramitar estas ayudas y, entre ellos, Burjassot recibirá 49.075,17 euros; Alzira 45.264,65; Gandia 85.714,47; Sagunt 70.722,47 euros; la Mancomunidad de los Municipios de la Safor, 41.022,97 euros; Paterna, 54.749,41 euros, y la Mancomunidad de la Ribera Alta, 14.440,51 euros.

En la provincia de Alicante, ha sido también elevado el número de municipios y 5 mancomunidades los que han aceptado tramitar estas ayudas. Entre ellos, destacan el municipio de Elx con unas ayudas de 315.925,69 euros; Orihuela con 112.382,14 euros; Alcoy, 59.542,45 euros; la Mancomunidad de los Servicios Sociales de la Marina Alta, 49.660,82 euros; Benidorm, 75.437,11 euros, y Dénia 54.672,45 euros.

En la provincia de Castellón destacan el municipio de Vila-real, con 40.371,83 euros; Burriana, 30.027,61 euros; Vinaròs, 32.334,68 euros; la Mancomunidad del Baix Maestrat, 6.702,70 euros, y la Mancomunidad Intermunicipal Alto Palancia, 10.944,28 euros.

DESGLOSE DE LAS CUANTÍAS

La cuantía total de las ayudas se desglosa en dos conceptos: el primero, hasta un 10% del importe total para poner a disposición de las personas incluidas en los colectivos vulnerables un alojamiento o una solución habitacional inmediata.

El segundo, hasta un 90% del importe total para la concesión de ayudas directas para el pago del alquiler de la vivienda habitual, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiarias. En el caso de que no fuera necesario destinar ese 10% a las finalidades previstas, el ayuntamiento o mancomunidad puede acumular dicha cantidad para la segunda finalidad.

La cuantía de la ayuda podrá ser, por un lado, de hasta 600 euros al mes y hasta el 100% de la renta o precio de ocupación del inmueble. En casos debidamente justificados, podrá alcanzar hasta 900 euros mensuales. Por otro lado, podrá alcanzar los 200 euros al mes para atender los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos con el límite del 100% de los mismos.

PUNTUALIZACIONES

Serán las entidades locales las que, a través de los servicios sociales de los ayuntamientos y mancomunidades, se encargarán de gestionar las ayudas y asumirán la responsabilidad de dotar de un alojamiento o una solución habitacional a las personas incluidas en alguno de estos colectivos.

Así, cabe destacar que estas ayudas se conceden por plazo de un año, prorrogable, en su caso, anualmente, hasta alcanzar el límite de 5 años, siempre que se mantengan las condiciones que determinaron su otorgamiento y exista consignación presupuestaria.

Además, se conceden en régimen de concesión directa, acreditando la condición de víctima de violencia de género, persona que ha sufrido un desahucio de su vivienda habitual, o lanzamiento, inminente o ya realizado, ser persona sin hogar o ser persona especialmente vulnerable, afectada directa o indirectamente por la COVID19.

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