La AN obliga a Air Nostrum a restablecer la pérdida salarial en el ERTE

La aerolínea deberá compensar a los pilotos parte del impacto de manera retroactiva desde el 21 marzo del año pasado

Air Nostrum. Foto: EFE.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

La Sala Social de Audiencia Nacional ha estimado parcialmente una demanda de conflicto colectivo presentada por el sindicato Sepla contra Air Nostrum y ha ordenado a la compañía aérea valenciana a restablecer la pérdida salarial a los pilotos debido al Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

El Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas ha informado este jueves en un comunicado que esta sentencia dictada por la Audiencia Nacional surge a raíz de la demanda presentada por el sindicato en noviembre de 2020 al considerar que la aerolínea «usaba la suspensión de contratos para realizar reducciones de jornadas«.

De esta manera, el tribunal ha ratificado así «el mal uso en Air Nostrum de los ERTE por fuerza mayor» aplicados durante la pandemia y fuerza a la compañía valenciana «a corregir su manera de ejecutar el ERTE», de manera que la aerolínea deberá compensar retroactivamente parte de la pérdida salarial sufrida por los pilotos desde el 21 de marzo de 2020.

En concreto, la Audiencia Nacional ha instado a Air Nostrum «a aplicar una reducción de jornada cuando la actividad de los pilotos supere el 30% de su tiempo de trabajo habitual, así como a reconocerles íntegramente los días libres y de vacaciones devengados en un mes natural».

En el comunicado, Sepla ha asegurado que la compañía «suspendía el contrato de sus pilotos en los días de aplicación de ERTE, lo que les impedía -en interpretación de Air Nostrum- generar los días de vacaciones habituales o acumular antigüedad, un requisito básico para el cambio de nivel».

Sin embargo, el tribunal ha aclarado que los meses en que los pilotos realizan una jornada superior al 30 % se encuentran en situación de reducción de jornada y no de suspensión de contrato, reconociéndose a dicho personal que haya desarrollado una jornada mensual por encima del 30 % el devengo íntegro de los días de vacaciones correspondientes a dicho mes.

Por otro lado, la Audiencia Nacional también ha garantizado a los pilotos, de manera retroactiva, una serie de garantías que recoge el convenio colectivo de los pilotos, como es la compensación salarial cuando se llega a las 65 horas de vuelo, una cifra que casi todos los pilotos de Air Nostrum alcanzan ahora que el tráfico aéreo comienza a repuntar tras la crisis de la pandemia.

Esta compensación salarial deberá abonarse íntegramente con efecto retroactivo desde el 21 de marzo de 2020, es decir, la fecha en la que entró en vigor el ERTE por causa de fuerza mayor. No obstante, por su parte, Air Nostrum ha avanzado que va a solicitar una aclaración de la sentencia y va a recurrirla.





Avatar

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Ahora en portada
Carretera A-3 cortada por la DANA en la provincia de Valencia
El bloqueo de carreteras por la DANA afecta a más de 22.000 transportistas