El TSJM confirma la absolución de Cristina Cifuentes por el caso Máster
Además, el Tribunal Superior de Madrid también ha rebajado las penas impuestas a Cecilia Rosado y Maite Feito, las dos condenadas
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado este lunes la absolución de la expresidenta de la Comunidad, Cristina Cifuentes, por el denominado caso Máster. Asimismo, la sentencia ha admitido de forma parcial el recurso de Cecilia Rosado y Maite Feito, a las que el Tribunal les ha rebajado la pena de sus respectivas condenas.
Tanto Rosado como Feito fueron condenadas por la Audiencia Provincial por la falsificación material de las actas que reflejaban que Cistina Cifuentes había aprobado un Trabajo de Fin de Máster sin existir prueba alguna que demostrara que la expresidenta regional lo hubiera realizado o defendido.
No obstante, el TSJM ha rebajado las penas de ambas, provocando, de esta manera, que la condena de Cecilia Rosado, profesora de la Universidad Rey Juan Carlos pase de año y medio a un año de prisión, y la condena impuesta a Maite Feito, la asesora de la Consejería de Educación, merme de tres años a dos, pudiendo eludir la cárcel.
En la resolución notificada este lunes, el Tribunal Superior de Madrid estima así parcialmente los recursos que las dos condenadas habían presentado. Del mismo modo, desestima el recurso de la Fiscalía en contra de la absolución de Cristina Cifuentes.
El Ministerio Fiscal había solicitado anular esta sentencia y, además, había pedido repetir el juicio tras ver vulnerada la tutela judicial efectiva. Para la Fiscalía, la absolución por parte del tribunal a la expresidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, carecía de lógica y motivación.
Sin embargo, la Sala asegura que el tribunal sentenciador «no incurrió en un déficit de motivación ni su discurso es irracional ni omite razonamiento sobre alguna prueba relevante«. Añade, además, que «la sentencia explica sucintamente las razones que alientan la absolución».
En este sentido, las jueces sostienen que aunque la sentencia “orilló algunos pormenores y su discurso absolutorio no comprende ni excluye la construcción propuesta por el Ministerio Fiscal, no incumple el deber de motivación ni lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva invocado por la acusación pública por irracional valoración de la prueba”.
Las magistradas del TSJM han destacado que «la fundamentación en que descansa la pretendida virtualidad probatoria de las razones o indicios ‘velados’ o ‘encubiertos’ que expone la Fiscalía para dar por probada la intervención en los hechos de Cristina Cifuentes es inhábil, pues estamos en presencia de meras hipótesis, insuficientes para determinarla con la certeza que una sentencia condenatoria requiere».
«El proceso deductivo no se basa en un enlace racional que de forma natural conduzca a una consecuencia cierta y los subrayados como indicios no apuntan a una probabilidad prevalente que autorice a dar por enervada la presunción de inocencia», sentencia la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid