Todo lo que debes saber si quieres modificar las escrituras de una vivienda
A través de las escrituras de la casa, el notario acredita que se ha producido una operación de compraventa del inmueble en cuestión
Cuando una persona compra una vivienda recibe las escrituras de la casa. Se trata de un documento que concede el notario que acredita la operación de compraventa de propiedad.
Sin embargo, ¿qué sucede si se quiere modificar el documento? Cabe destacar que se trata de un proceso legal a través del cual se pueden cambiar aspectos del documento, que van desde la propiedad hasta la titularidad.
En cualquier caso, conviene tener en cuenta que para cambiar alguna de la información que figura en las escrituras es indispensable llevar a cabo una serie de trámites.
¿Cómo modificar las escrituras de una vivienda?
En función de si se realiza un cambio en la escritura de la vivienda para modificar la titularidad o para repartir la propiedad, los pasos a seguir varían, tal y como remarca el portal inmobiliario Idealista.
Mientras que si existe un único propietario no habrá problemas a la hora de realizar el trámite, si la propiedad es compartida el resto de miembros podrán expresar su posicionamiento al respecto.
Si solo hay un propietario, la formalización del trámite es más ágil
Para modificar las escrituras, será necesaria una copia del documento y tener vigentes los documentos de identidad. Independientemente de quien quiera formalizar el cambio, cualquier modificación en el registro se debe hacer ante un notario, que no solo se encargará de realizar el cambio sino que también actuará como testigo de la operación.
¿Cuánto cuesta el trámite?
Asimismo, es necesario tener en cuenta que se deben asumir gastos de notaría y de la inscripción en el Registro de la Propiedad. Para poder registrarlas escrituras es indispensable desembolsar el Impuesto de Sucesiones y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Una vez se modifiquen las escrituras, será indispensable pagar el IVA de la vivienda en el caso de que sea de nueva promoción. El porcentaje se sitúa en torno al 10%, si bien para las viviendas de Protección Oficial es del 4%.
Si se ha recibido una donación o quieres vender una casa heredada, se habrá de liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones y el de Actos Jurídicos Documentados. En el caso de que la transmisión sea por muerte del propietario, deberás hacerte responsable de la plusvalía municipal.