Sentencia del Supremo: el pueblo catalán no es solo el independentista
El Tribunal Supremo desestima una demanda de la Generalitat contra el periodista Federico Jiménez Losantos
El Tribunal Supremo ha reprochado a la Generalitat de Catalunya que identifique la totalidad del «pueblo catalán» con solo aquellos que comparten la ideología independentista. De esta manera, el TS rechaza que se esté vulnerando el honor de los catalanes en las publicaciones críticas en medios de comunicación.
En concreto, el alto tribunal desestima la demanda que los abogados de la Generalitat pusieron contra el periodista Federico Jiménez Losantos. Este había publicado una serie de artículos en los que comparaba el movimiento independentista con el nazismo, entre otros. En concreto, la causa hace referencia a un artículo de opinión en el que el periodista criticaba al Govern de Artur Mas, a su ejercicio como presidente y a su empleo del dinero de la Generalitat.
El TS consideró un error creer que las críticas fueran dirigidas al pueblo catalán, ya que solo apuntaban hacia «un determinado sector político y social, el identificado con las tesis soberanistas«. Además, algunos de los puntos de esos artículos estaban dirigidos también al Gobierno de España, al que Jiménez Losantos acusaba de inacción frente a las decisiones tomadas por Artur Mas al frente del ejecutivo catalán.
¿Realmente pide la Generalitat «pluralidad», «democracia» y «discrepancia»?
El Supremo se ha mostrado sorprendido el hecho de que la Generalitat «invoque los valores de ‘la pluralidad, la democracia y la discrepancia’ para justificar que se estime vulnerado el honor del pueblo catalán», a la vez que reduce el concepto de Cataluña a aquellos que se identifican con el proyecto político de aquellos que ocupaban el gobierno de la comunidad autónoma.
Eso implica que se está excluyendo del «pueblo catalán» a aquellos que no piensan como ellos, algo incompatible con los valores de respeto, democracia y pluralidad que promueven los independentistas.
La Generalitat había presentado la demanda «en nombre del pueblo catalán», lo que provocó el archivo inmediato de la solicitud. La causa fue reabierta por la Audiencia de Barcelona y, pese a que fue recurrida por la Abogacía de la Generalitat, el recurso fue desestimado.