Qué puedes y no puedes hacer en Madrid: restricciones en comercios, restaurantes y en las calles

Los vecinos de los municipios afectados por coronavirus podrán practicar deporte y salir a comprar a la calle, pero siempre dentro del término municipal

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Madrid ciudad y otros nueve nueve municipios de la región han entrado desde las 22:00 de este viernes en las restricciones impuestas por el Ministerio de Sanidad para frenar la Covid-19. Estos municipios tienen una incidencia mayor de 500 casos por cada 100.000 habitantes en 14 días, unas PCR positivas de más del 10% y una ocupación de enfermos en UCI por encima del 35%. En este nuevo contexto, ¿qué se puede hacer y qué no?

Estas nuevas restricciones son menos duras que las del mes de marzo, cuando se aplicó el estado de alarma. Dentro de estos diez municipios –Madrid, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz– se puede salir con normalidad «respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes». 

Pese a ello, se recomienda que los desplazamientos y salidas se eviten a toda costa y únicamente para aquello que sea completamente necesario. Por ejemplo, solo para ir a trabajar, a la escuela, a la universidad, a renovar el DNI, realizar exámenes, hacer deporte y visitar espectáculos, pero siempre dentro del municipio. 

¿Se puede entrar y salir del municipio?

¿Cómo se pueden justificar las salidas del municipio? El Gobierno regional ha considerado válido el modelo de justificante por cuestiones laborales u otros desplazamientos inaplazables fuera del municipio, como ya se han impuesto en otras zonas restringidas, que también valdría para el cuidado de personas mayores o dependientes. Evidentemente, esto impide cualquier salida o huida a segundas residencias.

La normativa vigente también impide a las personas que viven fuera de las áreas confinadas que puedan desplazarse hasta Madrid: está prohibido entrar o salir de la zona confinada, salvo para las excepciones antes mencionadas como pueden las obligaciones laborales, estudiantiles o de dependencia. 

Parques, espectáculos y deportes al aire libre

Los parques seguirán abiertos, pese a las restricciones, para alivio de psicólogos infantiles y pediatras. La obligación de cerrar estaba prevista en el borrador que Salvador Illa presentó al plenario del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, donde se aprobó sin consenso la uniformidad de medidas para todos los territorios. 

Sobre la asistencia a espectáculos, solo se podrá ir a aquellos que se realicen dentro del mismo municipio. Por ejemplo, una persona que viva en Leganés no podrá desplazarse a un teatro de Madrid capital, de la misma forma que un ciudadano de Torrejón de Ardoz no podrá ir a un cine de Alcalá de Henares. 

La práctica de deporte y/o desplazarse al campo también es posible siempre y cuando una persona se mantenga dentro de su término municipal. Un ciudadano de Torrejón de Ardoz no podría ir a pasear por la Casa de Campo de Madrid, de la misma forma que un vecino de Móstoles no podría desplazarse hasta Alcorcón mientras hace su actividad. 

Comercios, entierros, centros de culto y hostelería

Las personas podrán desplazarse con normalidad a cualquier centro comercial de Madrid, siempre que se encuentre dentro del término municipal donde resida la persona. Las tiendas y comercios de servicio al público –como peluquerías o gimnasios– seguirán abiertos y tendrán que establecer un aforo del 50% y podrán estar abiertos hasta las 10 de la noche. Los centros esenciales –centros médicos, farmacias, veterinarios o gasolineras– no tienen límite de aforo. 

Las reuniones y asistencia a centros de culto también se ha visto duramente afectada. El aforo máximo en centros religiosos, como por ejemplo las iglesias, cuentan con una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. El aforo máximo para velatorios se ha establecido en 15 personas en espacios abiertos y de 10 en espacios cerrados. La comitiva fúnebre para enterrar o para la cremación será de un máximo de 15 acompañantes. 

Las restricciones también mantienen las decretadas por Ayuso en cuanto al número de personas de un mismo grupo, que se ha rebajado de diez a seis. Los bares y restaurantes tendrán limitaciones de aforo en el interior al 50% y del 60% en las terrazas. El consumo en barra no está permitido y deberán cerrar a las 23:00, aunque los últimos clientes se podrán admitir a las 22:00. El aforo máximo para enseñanzas y formación no-reglada es del 50%. 

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