Así puedes saber si te han elegido para la mesa electoral (y cómo puedes librarte)
Hoy comenzó el sorteo de los presidentes, vocales y suplentes de las mesas electorales. Estas son las causas por las que puedes evitar concurrir
Y llegó la fecha que han estado esperando muchos españoles para organizar sus vacaciones: el sorteo de la mesa electoral.
Desde este jueves 22 de junio hasta el miércoles 28 miles de ayuntamientos españoles elegirán por sorteo a los 543.000 miembros de las mesas donde estarán las colocadas las urnas el próximo 23 de julio.
En cada una habrá un presidente y dos vocales, más otros dos suplentes por cada cargo.
En total, se tendrán que conformar 60.340 mesas electorales en toda España, en la que habrá 210.000 urnas y 59.000 cabinas.
Ordenadores y bolillas para el sorteo
Los sorteos se han iniciado en grandes ayuntamientos como el de Madrid, que tiene que elegir 31.000 autoridades de mesa; así como en cientos de pequeños municipios con menos de 100 habitantes.
Por lo general se utiliza un programa informático para designar estas personas, pero hay ayuntamientos con una escasa población que mantienen el antiguo método de la insaculación, o sea el tradicional sorteo de bolsas en bolsas.
Quienes no entran en el sorteo
Los ciudadanos que entran en el sorteo son los menores de 70 años que sepan leer y escribir, pero los que tienen más de 65 años y no quieran participar pueden renunciar en un plazo de siete días.
Tampoco pueden ser designados las personas que se presenten como candidatos ni los que alcancen la mayoría de edad en el período que va desde la formación de las listas a la votación.
Hacia el 3 de julio ya todas las autoridades de las mesas electorales tendrían que haber sido notificadas.
El día después del sorteo
Una vez que se hace el sorteo, cada consistorio enviará la comunicación a los vecinos elegidos en los siguientes tres días. Esta carta con el manual de instrucciones se entrega en mano, y es posible que quizás el proceso se demore un par de días.
Como muy tarde, hacia el 3 de julio ya todas las autoridades de las mesas electorales tendrían que haber sido notificadas.
Qué pasa si tengo un viaje el 23-J
En caso de que una persona tenía planificado hacer un viaje hacia el 23 de julio puede presentar su alegación para librarse de la mesa electoral.
Pero es importante demostrar que la compra del viaje, ya sea el billete de avión, tren o bus; o bien la reserva del hotel o el piso turístico, fue realizada antes de la convocatoria a elecciones, o sea antes del 30 de mayo.
También hay que demostrar que la cancelación causa un perjuicio económico o un trastorno grave para el designado a la mesa electoral.
Para ello la alegación se tiene que presentar ante la Junta Electoral Central antes del 8 de junio.
Motivos médicos y familiares para librarse de la mesa electoral
Otros motivos para librarse de la mesa electoral es estar de baja laboral, encontrarse en estado de embarazo desde los seis meses o disfrutar del período de descanso maternal. Igualmente hay que presentar la documentación a la Junta Electoral y aguardar su decisión.
También se puede rechazar la designación si se está amamantando un bebé menor de nueve meses, se cuida un familiar directo que no se puede valer por sí mismo, o de personas con discapacidad.
Si se padece un embarazo de riesgo, las personas que sufran de lesiones o enfermedades físicas o psíquicas también pueden quedar exentas.
Inclusive si justo el 23-J se tenía una boda, un bautismo o una comunión se puede presentar una alegación a la Junta Electoral precisando el grado de parentesco. Y a esperar su respuesta.
Hay una serie de trabajadores que también se excusan del deber cívico: estos son los médicos, sanitarios, bomberos, miembros de Protección Civil, directores de medios de comunicación y jefes de servicios informativos que tengan que cubrir las elecciones; así como los miembros de juzgados, administraciones públicas o de las juntas electorales que tengan que trabajar esa fecha.
Cómo es el trámite de exención
Si se entran en estas condiciones se pueden presentar las alegaciones a los siete días desde que se recibe la designación. A partir de ahí, la Junta Electoral de Zona decidirá en el plazo de cinco días. Y no hay posibilidades de recurrir.
Guste o no guste, si la alegación es rechazada hay que concurrir a la mesa electoral. No hacerlo implica una pena de prisión de tres meses a un año, o una multa de 6 a 24 meses.
Pero por lo menos se obtiene una compensación económica de 70 euros.