Mas denuncia que la retirada del vídeo del 25N no demuestra «calidad democrática»
El candidato del PSC, Pere Navarro, considera “escándaloso” que el Govern no admita el error
La retirada del vídeo del 25N, forzada por la Junta Electoral Central, ha contrariado a los dirigentes de CiU. Pero especialmente al president Artur Mas, que se encuentra de viaje oficial, centrado en las relaciones comerciales con Rusia.
Desde Moscú, Mas se ha mostrado “perplejo” con la decisión de la Junta, que decidió que se retirara el vídeo tras los recursos presentados por el PSC, Ciutadans y el PP.
Mas ha sido contundente, al señalar que no podía entender esa decisión, aunque la Junta Electoral Central se basa en una ley española, la LOREG, pero también en una ley catalana, la Ley de la Comunicación Audiovisual de Catalunya.
Munición electoral
A juicio de Mas, la decisión vulnera el Estatut, una cuestión que el organismo judicial desmiente en su propia resolución.
La decisión, de hecho, puede aportar a CiU una munición electoral, dentro del proceso independentista que impulsa el president.
“Nos dicen que el Govern no puede hacer campañas para fomentar el voto y me pregunto si eso va en la línea de la calidad democrática”, ha afirmado Artur Mas. El president ha basado su argumento, además, en la propia decisión de la Junta, adoptada por mayoría, pero con votos particulares.
Dinero para rentas mínimas
Para la oposición, la reacción de Mas, que se une a la que el mismo miércoles defendió el portavoz del Govern, Francesc Homs, es inconcebible. Para el primer secretario del PSC y candidato a la Generalitat, Pere Navarro, “es escándaloso” que el presidente de la Generalitat no admita “el error” que ha supuesto la retirada de un vídeo sobre el 25N.
Y Navarro se ha pronunciado sobre el coste del vídeo, 271.000 euros que corresponden a toda la campaña divulgativa de la convocatoria electoral. Navarro se ha referido a la posibilidad de invertir ese dinero en salarios de renta mínima o sueldos de profesores.
Una partida para cuatro anuncios
Fuentes del Govern, sin embargo, han querido precisar que los 271.000 euros no corresponden sólo al vídeo, realizado por la productora Imagina. En esa partida se incluyen otros tres anuncios en los que se informa sobre el censo, el voto por correo y los horarios de los colegios electorales.
Precisión jurídica
En cualquier caso, la batalla política por esta cuestión se incrementará, aunque la resolución de la Junta Electoral Central es muy precisa. Deja claro que el vídeo incumple el artículo 50.1 de la LOREG, y el 109 de la Ley de Comunicación Audiovisual de Catalunya.
I también constata que “no hay contradicción con el artículo 43.3 del Estatut –como esgrime Mas y Homs- porque ese artículo, que defiende la promoción de la participación ciudadana, se refiere a la legislación que lo desarrolle, como indica el artículo 39 del propio Estatut. Y esa legislación remite al 50.1 de la LOREG, porque Catalunya no ha sido capaz de elaborar una ley electoral propia y se aplica todavía la ley estatal.