La ‘Ley Mordaza’, herramienta del Gobierno para blindar las multas del estado de alarma
Los juristas advierten que la mayoría de las sanciones se impusieron en aplicación de esa ley por “desobediencia a la autoridad”, y no por saltarse el confinamiento
La Ley de Seguridad Ciudadana aprobada por Rajoy, y rebautizada como la ‘Ley Mordaza’ por PSOE y Podemos cuando ambos estaban en la oposición, se ha convertido en la mejor herramienta del Gobierno de coalición para blindar las multas del estado de alarma tras la sentencia del TC.
El organismo, presidido por Juan José González Rivas, declaró inconstitucional el confinamiento domiciliario del decreto de marzo de 2020, al considerar que ese texto no solo limitaba un derecho fundamental, sino que lo restringía y que, por tanto, debía haberse aprobado un estado de excepción, y no de alarma.
El escrito, por tanto, abre la puerta para reclamar la devolución de las multas de aquellos ciudadanos que fueron sancionados por saltarse esa reclusión.
En total, los 99 días del primer estado de alarma acabaron con 1.142.127 propuestas de sanción por estar en la calle sin causa justificada o infringir otras de las medidas impuestas para evitar la propagación del virus.
El Gobierno, sin embargo, tiene en la Ley de Seguridad Ciudadana el mejor argumento jurídico para responder a la oleada de reclamaciones para la que ya se prepara: puede argumentar que se infringió esa norma, y no el propio estado de alarma.
La «desobediencia a la autoridad», clave
Así lo ha asegurado María Jesús del Barco, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, en una entrevista concedida a Espejo Público, en Antena 3.
La juez decana de Madrid recuerda que la mayoría de las multas durante el primer estado de alarma se pusieron por “desobediencia o resistencia a la autoridad”, y no por incumplir el confinamiento.
Efectivamente, el Ministerio del Interior y las Delegaciones del Gobierno transmitieron a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado la instrucción de multar únicamente a aquellos que, saltándose las medidas del estado de alarma, se negaran a cumplirlas tras ser requeridos por los propios agentes.
En las órdenes ministeriales firmadas con posterioridad al estado de alarma, se especificó que solo si un ciudadano se negaba a cumplir las órdenes de los agentes, se le pedía aplicar una propuesta de sanción por «desobediencia a la autoridad«.
Dicha infracción es considerada como «grave» en el artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana, e implica multas de 601 a 30.000 euros.
La instrucción de Interior, que ya fue cuestionada por jueces de toda España una vez que decayó el primer estado de alarma, se ha convertido en la principal baza del Gobierno para responder a las reclamaciones por las multas.
Si éstas se ejecutaron por incumplir la ’Ley Mordaza’, y no el estado de alarma, “pueden mantenerse”, ha afirmado María Jesús del Barco.