La Justicia avala la prohibición de manifestarse en Madrid el 8-M
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid pone por delante la salud pública sobre el derecho a fundamental de reunión, debido al riesgo de la pandemia
El próximo 8 de marzo no habrá manifestaciones convocadas de forma oficial en Madrid. El Tribunal Superior de Justicia ha ratificado la decisión de la Delegación del Gobierno, que prohibió cualquier concentración en las calles durante la celebración del Día Internacional de la Mujer, debido a al riesgo que suponen para la salud pública por la pandemia.
La Justicia ha dado la razón al Ejecutivo justo un día antes de que se conmemora esta cita que en las últimas ediciones movilizó a cientos de miles de personas en la capital española. Varias organizaciones feministas habían presentado un recurso contra la prohibición para reivindicar el derecho a manifestarse en grupos reducidos, cuando ya tenían convocados los actos.
Sin embargo, los magistrados han dado por buenos los argumentos de la Delegación del Gobierno, rechazando que se haya producido una discriminación de género con la imposición de las restricciones que impedirán la formación de manifestaciones tanto el domingo como el lunes. Los jueces consideran que «los motivos básicos de denegación de la concentración se centran en razones de salud pública».
El Tribunal Superior de Justicia ha llegado a la conclusión después de poner en una balanza el derecho fundamental de reunión que demandaban los organizadores de las protestas feministas con los efectos que puede provocar en la salud pública en un contexto marcado por la Covid-19.
“Valores constitucionales como la salud pública, y más concretamente, la salud, la integridad física y la vida de las personas que deben prevalecer”, ha expresado el auto.
La Justicia apunta a que no hay medidas para garantizar la distancia social
Uno de los principales argumentos de los magistrados radica en que no hay suficientes mecanismos para evitar que la gente cumpla con las medidas de prevención contra el coronavirus en actos como la protesta que la organización Feministas del Barrio de Fuencarral-El Pardo había convocado en el Parque de la Vaguada a lo largo de toda la tarde del domingo.
“No se ofrecen medidas de seguridad concretas e idóneas para garantizar que durante la concentración y la deambulación de los participantes en la manifestación se mantenga la distancia social mínimamente necesaria o para evitar que algunas personas lleguen a retirarse la mascarilla para apoyar en voz alta los objetivos de la manifestación», reza el documento.
Tampoco ven con buenos ojos la instalación de un escenario musical en la Plaza de Callao el próximo 8 de marzo porque consideran que puede suponer un atractivo para que se vaya incorporando público ajeno a la concentración.
Todavía hay otros seis recursos pendientes de resolver sobre los actos convocados para mañana, que serán notificados a lo largo del día.
La Delegación del Gobierno tumba 60 actos del 8-M
El pronunciamiento de la Justicia se ha producido apenas tres días después de que la Delegación del Gobierno comunicase su decisión de rechazar cerca de 60 peticiones de organizaciones feministas para manifestarse durante el Día de la Mujer.
El delegado, José Manuel Franco, justificó la medida debido a la posibilidad de que confluyan diferentes concentraciones multitudinarias en las calles de la capital española. Habían analizado los recorridos de las marcha, la previsión de asistencia o su lugar de celebración. Las principales estaban previstas en lugares como Embajadores, Atocha, Cibeles, la Puerta del Sol o Callao.
La Comisión del 8-M también había convocado cuatro concentraciones en el centro de la capital española para el próximo lunes. Todas se adaptaban a los criterios previos establecidos por la Consejería de Sanidad que marcó un aforo máximo de 500 personas, aunque finalmente han quedado obsoletos.