La JEC cita a Puigdemont para recoger su acta de eurodiputado en Madrid

El expresidente catalán rechazó recibir su credencial como eurodiputado tras huir de la justicia española en 2017

Un informe de inteligencia europeo confirma las conexiones de Carles Puigdemont con espías rusos. En la iamgen, el expresident aparece en un acto independentista en Perpiñán, Francia. EFE/DB/Archivo

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La Junta Electoral Central (JEC) ha invitado al expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, a acudir al Congreso de los Diputados a prometer o jurar la Constitución para poder recibir su credencial como eurodiputado, algo que no hizo tras ser elegido por ser prófugo de la justicia española, al igual que otros tres independentistas catalanes.

La JEC ha hecho este emplazamiento en un escrito en el que responde a una petición de la presidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola, que pidió a la Junta confirmar si Puigdemont, Toni Comín, Clara Ponsatí, también de Junts per Catalunya, y Jordi Solé (ERC), están en la lista de los 59 cargos que fueron proclamados electos en las elecciones europeas de 2019.

Tras las elecciones europeas de 2019, la JEC reconoció que Puigdemont, Comín, Ponsatí y Solé como eurodiputados electos, pero no les incluyó en la lista que debe mandar a Bruselas dado que no acudieron al Congreso de los Diputados para jurar o prometer la Constitución española ante la Junta Electoral Central.

En el acuerdo adoptado este jueves, la Junta Electoral argumenta que la credencial de estos cuatro eurodiputados electos «no se ha podido expedir» por la «voluntad explícita de los afectados» de «no cumplir» los requisitos de la legislación española para adquirir la condición plena de diputados.

El expresidente catalán y actual eurodiputado, Carles Puigdemont, durante una rueda de prensa tras perder su inmunidad como miembro del Parlamento Europeo, el 9 de marzo de 2021 en Bruselas | EFE/EPA/SL
El Gobierno cree que la entrega de Puigdemont debe esperar hasta que se aclare si tiene inmunidad Foto: EFE/EPA/SL

Además, agrega que, dado que debe «actuar con sometimiento pleno a la ley», no puede suplir la omisión «voluntaria» de estos requisitos, que, en cambio, sí pueden solventar los afectados «acudiendo a cumplir el mismo requisito que han formalizado los otros cincuenta y cinco diputados electos por el Reino de España».

En su acuerdo, la JEC explica de forma individualizada cada uno de los cuatro casos, para concluir en todos que no han adquirido «la condición plena de diputado al Parlamento Europeo» y, como señala la Ley Electoral, su «escaño debe quedar vacante temporalmente hasta que se produzca ese acatamiento, con la consiguiente suspensión de sus derechos y prerrogativas».

Además, recalca que el Tribunal Supremo ha amparado su actuación cuando los independentistas afectados han impugnado sus decisiones, unas sentencias que Puigdemont y Ponsantí también han recurrido ante el Tribunal Constitucional, que no ha resuelto al respecto.

La JEC también recuerda que el Parlamento Europeo decidió reconocer «de hecho» a Puigdemont y los otros tres dirigentes independentistas como eurodiputados «sin oír a la Junta Electoral Central» y contra su criterio, pese a no tener competencias para resolver controversias del derecho nacional, como reconoció una sentencia del Tribunal General de la Unión Europea el pasado 6 de julio. 

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