La Fiscalía desmonta las «posverdades» del independentismo
Los fiscales dedican su alegato inicial en el juicio del 'procés' a evidenciar las carencias de la carga en tromba de las defensas
Apenas arrancar la segunda sesión, el juicio del procés ya ha puesto sobre la mesa la cuestión crucial a la hora de entender el bloqueo en el que está insladado la política catalana: que el único diálogo es de sordos, porque el independentismo y el constitucionalismo hablan idiomas distintos.
Así lo ha evidenciado el contraste entre los relatos que el martes trazaron las defensas, que describieron el procedimiento como un «vodevil» repleto de «vicios procesales y en el que se han vulnerado todos los derechos fundamentales, y el que este miércoles ha perfilado la Fiscalía, que ha vindicado la limpieza de un juicio «en defensa de la democracia» y que ha asumido el papel de fact checker para desarbolar las «posverdades» del independentismo.
La Fiscalía, a cuyos planteamientos se sumó después, sin abundar demasiado, la Abogacía del Estado, defendió la pulcritud de la instrucción de la causa efectuada por el juez Pablo Llarena y también la del juzgado número 13 de Barcelona, el primero que empezó a investigar actuaciones relacionadas con el procés.
Y recordó que todas las alegaciones contra decisiones procesales efectuados por las mismas el martes ya han sido analizadas y rechazadas por el Supremo en las resoluciones con las ha ido dando respuesta al rosario de recursos presentados por los acusados.
El fiscal Javier Zaragoza acusó a algunos de los letrados de haber vertido alegatos que más que defensivos parecen «libelos acusatorios basados en relatos alternativos» con los que crear «una visión distorsionada de la realidad a fin de desacreditar la justicia española». «Se dice que este es un juicio a la capacidad de la democracia española para tolerar la discrepancia. No es verdad, es un juicio en defensa del orden constitucional», zanjó.
Genotipos y fenotipos
Zaragoza y Fidel Cadena, los dos fiscales que se repartieron el tiempo reservado al ministerio público, se dedicaron a negar la mayor a las defensas e insistieron en que el Supremo no está juzgando al independentismo, sino «los gravísimos hechos» acaecidos en septiembre y octubre de 2017. Cadena tiró de símil «en términos biomédicos»: no se ataca «el genotipo», que sería la libertad ideológica de los acusados», sino «el fenotipo», es decir, sus actos, porque los políticos, recordó Zaragoza, «no tienen patente de corso».
Así, su actividad pública no justifica «expulsar la Constitución y el Estatuto y sustituirlos por una realidad paralela», como se hizo en los plenos del 6 y 7 de septiembre de 2017, ni «imponer un modelo de organización política al resto», ni tampoco «utilizar a miles de ciudadanos para impedir el cumplimiento de las leyes», sea para «retener y tener prácticamente secuestrada a una comisión judicial» —como entiende la Fiscalía que sucedió durante el registro de la sede del departamento de Economía de la Generalitat— o para usarlos «como muros humanos para proteger las urnas» el 1-O.
Con ese relato, los fiscales justificaron nuevamente el cargo de rebelión porque sí se produjo, entienden, «un alzamiento público y violento» para orquestar un «ataque abierto al orden constitucional», en palabras de Cadena, y también la pertiencia de la prisión preventiva.
Zaragoza también defendió la diversificación de la causa en diferentes procedimientos, cuestionada igualmente por las defensas. Es más, la esgrimió como prueba de que no estamos ante una «causa general» contra el independentismo, como claman los representantes de los acusados.
Además, recordó, respecto a la insistencia de las defensas en las comparecencias de Felipe VI y Carles Puigdemont, descartadas por el tribunal, que el Rey está exento de hacerlo y que el expresidente catalán no puede declarar como testigo por estar imputado en la misma causa, por más que su procesamiento haya quedado en suspenso al no estar a disposición de la justicia española. Que Puigdemont, al que calificó de «rebelde», declarara por videoconferencia, «quebrantaría todas las normas procesales», alegó.
Los fiscales, verificadores
Y, como el orden de intervención convierte la de la fiscalía en réplica al ataque en tromba a las instituciones de las defensas, el ministerio público optó por adoptar el rol de fact checker, esa figura casi mítica de la prensa norteamericana encargada de verificar las afirmaciones de los políticos y hasta de los periodistas del propio medio, respecto a las afirmaciones del independentismo, incluso es cuestiones concretas.
Así, Zaragoza rebatió al abogado de Jordi Cuixart, Benet Salellas, que había afirmado que el 20 de septiembre de 2017, la policía tenía orden de registrar «cuatro despachos» de la sede de Economía, y en cambio registró todo el edificio, aseverando que en cambio que «se registraron cinco despachos, y estaban acordados en el auto judicial».
También recordó que del millar de heridos con los que el soberanismo esgrime que se saldaron las cargas policiales del 1-O, solo dos fueron considerados heridos graves: un hombre que perdió un ojo por el impacto de una bala de goma y otro que sufrió un infarto.
Las enmiendas de la fiscalía alcanzaron también algunas máximas que el indepedentismo da por verdades incortovertibles, como la existencia de la soberanía del pueblo catalán o la del derecho de autodeterminación.
La Constitución, «piedra de toque»
De la primera, Cadena recordó que no existe porque la soberanía corresponde al conjunto del pueblo español, según reza esa misma Constitución puesta en solfa desde el inicio del procés pero que este martes las defensas blandieron una y otra vez para esgrimir toda la batería de derechos fundamentales supuestamente vulnerados en la causa judicial. Una paradoja, por cierto, que el fiscal no se privó de subrayar. «Veo que la piedra que rechazaron los arquitectos del procés se ha convertido en la piedra angular, tiene gracia», espetó.
Y del derecho de autodeterminación, Zaragoza recordó que, si bien está reconocido en el artículo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, como repite el independentismo a la mínima ocasión, la ONU lo ha acotado después en sucesivas resoluciones a territorios en situación de dominación y que carecen de autogobierno, así que de ningún modo es aplicable a Cataluña.
Claro, que puestos a verificar, y más allá de consideraciones más teóricas, también alguna de las afirmaciones de la Fiscalía son enmendables en términos objetivos. Porque tan cierto es, como aseveró el fiscal Cadena para defender la amplitud de miras de la Constitución española, que la alemana prohíbe los partidos que tengan como objetivo político «poner en peligro la existencia de la República Federal de Alemania», lo que equiparó a una prohibición de partidos independentistas, como que el Partido de Baviera, abiertamente separatista y fundado en 1846, nunca ha sido vetado por las autoridades germanas.