La diputada Reguant (CUP), a juicio por desobediencia
La instructora le solicita una pena de cuatro meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha ordenado este mismo jueves la apertura de juicio oral a la diputada del Parlament de Cataluña Eulalia Reguant. ¿El motivo?
Un presunto delito de desobediencia grave a la autoridad por haber declinado contestar a las preguntas de la acusación popular de Vox durante el juicio del ‘procés’, en la que compareció como testigo en febrero de 2019. Así, en su auto, la instructora, Carmen Lamela, recoge el escrito de acusación de la Fiscalía que fue presentado el pasado 4 de abril en el que solicita una pena de cuatro meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo.
Como contexto hay que saber que el Supremo acordó suspender el juicio a Reguant el pasado 1 de marzo al entender que se había podido producir «un error en la tramitación de la causa». Los magistrados atendían así a una de las cuestiones previas de la defensa, que sostuvo en la vista que se había dado una vulneración de los derechos procesales toda vez que un juzgado madrileño fue quien abrió juicio oral sin ser competente para ello, ya que por la condición de aforada de la dirigente, le correspondía al Supremo.
De esta manera, «con la finalidad de extremar las garantías, el tribunal va a apoyar la nulidad acordando la retroacción de las actuaciones», señaló el presidente del tribunal. Fuentes jurídicas explicaron que el Supremo debía entonces, como así fue, asignar el procedimiento a un juez instructor, que tenía que abrir pieza y pedir de nuevo a la Fiscalía que presentara ese escrito de acusación antes de decidir si acordaba la apertura del juicio oral.
Diez días para formular su escrito de defensa
Así, el auto de Lamela acuerda ahora dar traslado del escrito de acusación de la Fiscalía a la defensa de Reguant, y le da diez días para formular su escrito de defensa y proponer las pruebas que considere oportunas. Además, declara órgano competente para el conocimiento y fallo de la causa a la Sala Segunda del Supremo.
Por su parte, la instructora considera que los hechos consignados, en una valoración provisional, pudieran ser constitutivos del delito de desobediencia grave a la autoridad, por lo que dicta apertura de juicio oral. Y es que la magistrada indica que de lo actuado se infiere que Reguant rehusó prestar declaración o, más en concreto, declinó contestar las preguntas que pudiera efectuarle la Acusación Popular ejercitada por Vox. Y ello lo hizo conscientemente y a sabiendas de las consecuencias que podían derivarse, «asumiendo las consecuencias» y tras ser advertida por el presidente del Tribunal de la posibilidad de incurrir en responsabilidad penal por su negativa.