La Audiencia Nacional rechaza que la Generalitat se persone como acusación en el caso 3%

Pedraz sigue el criterio de la Fiscalía Anticorrupción y sostiene que la Generalitat no ha acreditado su condición de ofendida o perjudicada ni ha aportado datos para apreciarla

El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, junto al vicepresdiente Jordi Puigneró, y la consellera de Presidencia Laura Vilagrà. Jordi Bedmar (Generalitat)

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 El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado la petición de la Generalitat de Cataluña de personarse como acusación particular en una rama del conocido como caso 3%, donde se investiga la posible financiación ilegal de la extinta Convergència Democràtica de Catalunya (CDC) a través de la productora Triacom. En una providencia, Pedraz sigue el criterio de la Fiscalía Anticorrupción y sostiene que la Generalitat no ha acreditado su condición de ofendida o perjudicada ni ha aportado datos para apreciarla.

«Máxime», dice el titular del juzgado central de instrucción número 5 de la Audiencia, si, como dice la Fiscalía, «en la Generalitat hay miembros del partido político directamente heredero de los partidos políticos investigados en esta causa». Esta no es la primera vez que la Audiencia Nacional rechaza la pretensión de la Generalitat de acusar en esta causa; y es que ya lo hizo en febrero del año pasado en el marco de la pieza principal sobre la presunta financiación irregular de la extinta CDC.

Entonces, en ese momento la Sala de lo Penal argumentó el «obstáculo procesal insalvable» de haber ostentado «la doble condición de investigada y acusadora». Reconocía que la Generalitat tiene una «personalidad jurídica propia y autónoma de cualquiera de las formaciones políticas que la componen», pero eso no impedía que existiese ese «óbice procesal» por el que la Fiscalía pidió que no se le admitiese en la causa como acusación particular, dado que la institución estaba integrada «por partidos políticos diversos, entre los que está la antigua Convergencia Democrática de Cataluña (CDC)».

Según argumentó Anticorrupción en el informe que presentó en el juzgado el pasado viernes, lo mismo ocurre en este caso, en el que reprochaba además a la Generalitat no haber aportado ningún dato sobre el presunto perjuicio que podría haber sufrido a raíz de los hechos investigados en esta pieza separada de la causa.

Autorizado por el president

Pere Aragonés, el presidente de la Generalitat de Cataluña, autorizó hace unas semanas a los servicios jurídicos que se personasen como acusación particular en esta pieza de la causa. En el escrito en el que lo hacía el president afirmaba que, de la información que había sido publicada en los medios de comunicación, «se desprende que el objeto de la investigación comprendería hechos que afectarían a los intereses y a la esfera jurídica de la Generalitat».

De ser «acreditados», añadía el escrito, «podrían ser calificados de delitos de fraude contra las administraciones públicas, de malversación de fondos públicos, tráfico de influencias o cohecho, entre otros, resultando perjudicadas la Generalitat de Catalunya y la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales«. Por tanto, consideraba «procedente» que el gabinete jurídico de la Generalitat se personase para determinar «si se ha producido un perjuicio a la Generalitat de Catalunya» y «se ejerciten las acciones oportunas contra las personas directamente responsables» o contra aquellas que «tengan relación directa con los hechos investigados».

Elena Quesada Torres

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