El Juzgado de Palma anula el confinamiento a los jóvenes que hayan dado negativo en covid

La jueza no considera proporcionada la medida adoptada por el Govern balear para aquellos estudiantes que han dado negativo o bien no se hayan sometido a la prueba, pues se limita un derecho fundamental

Trasladan a estudiantes al Hotel Palma Bellver, el hotel covid donde se alojan algunos de los estudiantes que vinieron a Mallorca en viaje de estudios y que han tenido contacto con positivos, este domingo. EFE/ Cati Cladera

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El forzado confinamiento que estableció el Govern balear ha sido hoy tumbado por el Juzgado de lo Contencioso número 3 de Palma, al considerar desproporcionada esta medida para los estudiantes que no hayan dado positivo en Covid-19 o que no se hayan sometido a las pruebas, y se encuentren aislados en el hotel Palma Bellver con motivo del ‘megabrote’ en Mallorca.

De esta manera, el Juzgado ha acordado mantener el encierro en Palma únicamente a los estudiantes que han dado positivo en Covid-19 tras contagiarse durante el viaje de fin de curso en la isla.

En concreto, son 69 personas afectadas por el virus de los 248 jóvenes que permanecen, a día de hoy, confinados en el hotel. Además, hay 13 jóvenes más que se han fugado del hotel en las últimas horas.

Por lo pronto, la jueza ha tumbado el confinamiento en el hotel para unos 180 jóvenes de hasta 11 comunidades autónomas que permanecían en las instalaciones, una medida que tanto los implicados como los familiares que se han trasladado a Palma estos días han celebrado, según recoge el diario El Mundo, y está previsto que abandonen las instalaciones en las próximas horas.

Así, la jueza ha considerado que, en aquellos casos que desde el gobierno balear no podían demostrar que fueran casos positivos –bien porque las pruebas dieron negativo, bien porque los jóvenes se habían negado a hacerse las pruebas o bien porque el ejecutivo no había podido demostrar que hubieran tenido un contacto estrecho con los contagiados- se estaban vulnerando los derechos fundamentales de los confinados.

«En un Estado de Derecho la salvaguarda de los derechos fundamentales debe ser el estandarte que a todos nos debe guiar». Y que las restricciones deben ser «proporcionadas, necesarias, idóneas y sometidas a control judicial», ha asegurado la magistrada.

En este sentido, también ha sentenciado que para restringir un derecho fundamental se necesita un «diagnóstico cierto o muy probable» y que no basta con «diagnósticos potenciales».

Así, la magistrada sí ha avalado que aquellos jóvenes que, resultado del macrobrote surgido en la isla, hayan resultado contagiados por covid-19, permanezcan aislados y solicita un informe individualizado de cada unos de los, por ahora, 69 contagiados cada 5 días.

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Ana Carrasco González
Andoni Berná Calvo

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