Junts per Catalunya aplaude ahora al Constitucional
El Constitucional sentencia que las escuelas catalanas "no excluyen" el castellano de sus programas lingüísticos
El Tribunal Constitucional ha dado por bueno el régimen lingüístico de la educación catalana, siempre que se mantenga el aprendizaje y dominio del español hasta que finalice el ciclo de Educación Secundaria Obligatoria (ESO). Esta sentencia responde a un recurso presentado por el PP durante el mes de julio de 2009, en el que cuestionaba la validez de varios puntos de la Ley de Educación de Cataluña (LEC).
El alto tribunal considera que la educación catalana no excluye al castellano ni imposibilita que los alumnos puedan recibir educación en castellano durante el periodo de adaptación, si lo necesitan. La sentencia expresa que la oferta de enseñanza en catalán «no supone una inconstitucionalidad, ya que no es una norma específica del sistema educativo, sino del proceso de normalización», que pretende facilitar la integración y el conocimiento de la lengua catalana a aquella población «no escolar» que no ha podido aprenderla en el colegio.
El TC afirma que la LEC asegura «el pleno dominio del castellano» al finalizar la ESO, y «que todos los alumnos mejoren progresivamente el conocimiento de las dos lenguas oficiales». El tribunal estima que los alumnos que se incorporen al sistema educativo «sin conocer una de las dos lenguas oficiales tienen derecho a recibir un apoyo lingüístico específico».
Desde Junts per Catalunya (JpC), la número dos por Barcelona, Laura Borràs, ha señalado el fallo del TC como una «derrota» del PP. Ciudadanos, por su parte, ha remarcado que respeta la sentencia y que seguirá apostando por «garantizar el trilingüismo» en Cataluña, equilibrando el aprendizaje del catalán y el castellano e incluyendo el inglés para apostar por el futuro laboral de los jóvenes catalanes.
El acceso a los cargos educativos, inconstitucional
Por otro lado, el fallo del tribunal sí que considera inválidos diez de los artículos impugnados por el PP. Los artículos sobre los cuerpos docentes de la Generalitat, que considera la formación de la plantilla de profesores, de acuerdo con la titulación que se les exige para acceder a estas posiciones. Los parámetros para el acceso a los cuerpos catedráticos y de inspectores también son inválidos, según el TC. Tampoco avala el artículo sobre las artes y los deportes.
El empleo de la lengua aranesa sí que se encuentra dentro de la constitucionalidad, difiriendo de las impugnaciones que acometía el PP contra este punto de la LEC. El TC ha recordado que esta lengua está reconocida en el Estatuto de la comunidad autónoma, y no es una ley del Parlament quien la declara oficial en Cataluña.