Hacienda investiga posibles irregularidades fiscales del fallecido Samaranch
EXCLUSIVA: El que fuera presidente del COI tributaba en Suiza y no en España
La Agencia Tributaria investiga las prácticas fiscales del fallecido ex presidente del Comité Olímpico Internacional (COI) Juan Antonio Samaranch Torelló. Las pesquisas se iniciaron a principios de año, antes de que se produjera la muerte del empresario y dirigente deportivo, y todavía no han concluido. Samaranch utilizaba la condición de no residente para liquidar sus impuestos en Suiza, donde había tenido fijada su vivienda durante la etapa en la que lideró el COI. El Fisco, sin embargo, considera que de acuerdo con los preceptos de la legislación española sobre residencia fiscal, Samaranch estaba obligado a pagar sus impuestos en España, según ha podido conocer Economía Digital en fuentes conocedoras del procedimiento.
La discordancia sobre si las liquidaciones fiscales debían presentarse ante la hacienda helvética o la española llevaron a la Agencia Tributaria (AEAT) a iniciar un expediente. La investigación comenzó justo unos meses antes del fallecimiento de Samaranch, que tuvo lugar el 21 de abril pasado, a la edad de 89 años. Cuando los responsables del expediente resuelvan el acta, determinarán cuál es la deuda fiscal acumulada. En ningún caso, la reclamación de la administración tributaria se remontará más de cuatro ejercicios. La AEAT ha desarrollado en los últimos meses acciones concretas de inspección referidas a contribuyentes situados en las franjas más altas de renta. Portavoces oficiales de este organismo rehuyeron confirmar los datos, «como los referidos a cualquier otro contribuyente español».
No habrá sanciones
A partir del cierre del acta, los herederos podrán adoptar las medidas legales que consideren necesarias en defensa de la fortuna familiar. No obstante, los beneficiarios del patrimonio acumulado por el dirigente del olimpismo mundial no estarán sujetos al pago de ninguna sanción por prácticas irregulares. Según destacados fiscalistas consultados por esta publicación, las eventuales sanciones que pudieran aplicarse pierden el efecto al fallecer el sujeto pasivo.
La resolución final de Hacienda podrá ser alegada por los herederos, en este caso sus hijos Juan Antonio y María Teresa. “Cuando Hacienda concluya el expediente veremos qué dice y cómo actuar”, ha señalado en conversación telefónica desde Estados Unidos Juan Antonio Samaranch Salisachs, que como su padre también ocupa un alto cargo en el Comité Olímpico Español.
¿Residente o extranjero?
La raíz de las discrepancias entre Hacienda y los Samaranch radica, en primera instancia, en que el dirigente del olimpismo liquidaba sus impuestos como no residente en España. Fruto de su actividad al frente del COI, Samaranch estuvo largo tiempo domiciliado en la localidad suiza de Lausanne. Hacienda, sin embargo, interpreta que el ilustre olimpista vivía básicamente en Barcelona, lo que hace incompatible la aplicación del régimen tributario helvético, mucho más beneficioso.
La ley del IRPF, en su artículo noveno, apartado primero, establece que para ser residente basta con tener un domicilio mínimo de 183 días anuales en suelo español, incluso con ausencias esporádicas, y que “radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta”. Según diferentes expertos fiscalistas consultados, lo que se dirime entre la familia Samaranch y la Hacienda española es una cuestión interpretable, “que no se tramitará por la vía delictiva, como con Demetrio Carceller (propietario de la cervecera catalana Damm), por ejemplo”.
Registro domiciliario
Sin embargo, Economía Digital ha podido saber que se han practicado registros en el domicilio habitual en España del dirigente deportivo fallecido. Hacienda persigue facturas y otros documentos que acrediten que se cumplían los requisitos para tributar ante la AEAT. La actuación de la Administración tributaria pondría de manifiesto, según la opinión de los especialistas, que además de un desacuerdo tributario, podrían existir indicios de delito fiscal. Este aspecto ha sido negado por Juan Antonio Samaranch hijo, quien sitúa el contencioso en el plano “únicamente administrativo”.
En Suiza, los ciudadanos extranjeros residentes pueden acogerse a un régimen especial que pasa por abonar un forfait fiscal. El declarante manifiesta que gana hasta 300.000 francos suizos (224.230 euros al cambio), y tributa por esa cantidad. Todo lo que supere esa cifra ya queda exento de fiscalidad alguna. “Es la práctica más habitual”, señala un reputado asesor fiscal.
Fuentes jurídicas y expertos en tributación consultados indican que los herederos del legado económico de Samaranch deberán responsabilizarse de la propuesta de liquidación que establezca Hacienda, sobre todo si no prosperan los recursos y alegaciones que realicen. “Todos los ingresos que se le hayan encontrado deberán de tributar en España al 43%”, explica otro especialista en fiscalidad de grandes patrimonios. El hijo del ex presidente del COI y actual consejero delegado de GBS Finanzas se ha mostrado confiado sobre la legalidad de las actuaciones llevadas a cabo por su familia al ser consultado por Economía Digital.