El Govern valora sancionar a Endesa con hasta 6 millones por dificultar el autoconsumo
La DirecciĂłn General de EnergĂa abre un expediente a la distribuidora EDistribuciĂłn Redes Digitales, del grupo Endesa, tras detectar "dificultades y retrasos" en la tramitaciĂłn de los contratos de autoconsumo
La Generalitat de Catalunya ha abierto un expediente sancionador a la distribuidora EDistribución Redes Digitales, del grupo Endesa. El motivo es la identificación de una supuesta «vulneración de la normativa en materia de autoconsumo colectivo», lo que puede conllevar la interposición de una multa de entre 600.000 euros y 6 millones de euros.
La DirecciĂłn General de EnergĂa, que depende del Departamento de AcciĂłn Climática, AlimentaciĂłn y Agenda Rural, ha sido el organismo que ha abierto el expediente sancionador, tras un expediente informativo que evidencia que la compañĂa ha incurrido en «prácticas que implican la imposiciĂłn injustificada de condiciones, dificultades o retrasos en la tramitaciĂłn de los contratos de acceso o de suministro en las modalidades de autoconsumo».
Se trata, pues, de una actuaciĂłn que habrĂa «perjudicado a los consumidores», considerada como una «infracciĂłn grave» por el organismo que ha abierto el expediente sancionador.
Dificultades y retrasos
Un claro ejemplo de las prácticas que ha detectado la DirecciĂłn General de EnergĂa es el hecho que EDistribuciĂłn Redes Digitales no haya adaptado «dos de cada tres contratos que han solicitado formalizarse en la modalidad de autoconsumo colectivo». TambiĂ©n «ha denegado casi una de cada tres peticiones de modificaciĂłn del contrato de acceso en suministros con autoconsumo colectivo», gran parte de las veces «aduciendo motivos incorrectos».
«La compañĂa no habrĂa tramitado otro tercio de las instalaciones al no haber recibido ninguna solicitud de la empresa comercializadora para adaptar el contrato a la modalidad de autoconsumo colectivo», subraya el expediente informativo a la vez que hace hincapiĂ© que la empresa de Endesa «no activĂł un 46% de las peticiones rechazadas por no haber recibido ninguna peticiĂłn de modificaciĂłn del contrato de acceso desde la empresa comercializadora».
No obstante, recuerda que cuando la dirección general ha remitido a la distribuidora la documentación, «ya es suficiente para modificar el contrato de acceso».
Por su parte, el 30% de las denegaciones han tenido lugar porque «la peticiĂłn de la comercializadora no incluĂa el acuerdo de reparto, ni tampoco, en el caso de instalaciones de menos de 100 kW, por no haber recibido ninguna solicitud de la comercializadora para adaptar el contrato de autoconsumo colectivo».
«Desde el momento en que la distribuidora comunica el CĂłdigo de Autoconsumo (CAU), un requisito para la autorizaciĂłn administrativa de la instalaciĂłn, se entiende que el solicitante ha aportado un acuerdo de reparto y un acuerdo de compensaciĂłn de excedentes correcto», enfatiza la direcciĂłn general de energĂa.
A pesar de que la normativa «no prevé una inspección previa a la conexión de la instalación a realizar por parte de la empresa distribuidora», según indica el informe, el 12% de las denegaciones de la activación del autoconsumo se han producido por «no haber pasado la correspondiente inspección».
Con todo, el Gobierno catalán ha optado por abrir un expediente sancionador a la compañĂa de Endesa y le ha requerido a «aplicar los descuentos previstos en la normativa en todos aquellos casos en los que la modificaciĂłn de los contratos de acceso y la compensaciĂłn de excedentes se hayan activado más allá del plazo de dos meses a partir de su comunicaciĂłn».