Cuidado con las multas: esto es lo que sucede si pernoctas en una furgoneta
Pasar la noche en una furgoneta sin respetar las normativas puede implicar sanciones muy importantes
El movimiento camper, o sea los amantes de viajar por España o cualquier otra geografĂa en furgonetas, ha crecido notablemente en los Ăşltimos años, con un notable impulso desde la pandemia.
Las restricciones durante los meses más duro de la covid-19 llevó a muchas personas a buscar la forma de disfrutar de paisajes y su tiempo libre sin arriesgarse a contagios.
Por ello la furgoneta se convirtiĂł en la opciĂłn ideal, con el añadido del sentimiento de libertad que tiene poder viajar sin necesidad de reservar plazas de hotel o de apartamentos turĂsticos.
Pero las caravanas, como cualquier otro vehĂculo, están rodeadas de normas y leyes que regulan no solo su tránsito por calles y carreteras, sino tambiĂ©n la posibilidad de usarla como alojamiento durante los viajes.
Las diferencias entre pernoctar y acampar
En este sentido, cabe diferenciar entre los conceptos de pernoctaciĂłn, acampada y aparcamiento de una furgoneta.
Si se despliegan elementos que superen el perĂmetro del vehĂculo se considera acampada, pero si sus ocupantes solo duermen mientras se está estacionado en la calle, es una simple pernoctaciĂłn.
La DirecciĂłn General de Tráfico, a travĂ©s de la instrucciĂłn 08/V-74 puntualiza que es posible dormir en un vehĂculo, más allá que sea un furgoneta o un turismo convencional.
Si se despliegan elementos que superen el perĂmetro del vehĂculo se considera acampada. Si no, es una pernoctaciĂłn
En el caso de la furgoneta, es importante que estĂ© correctamente estacionada y que los ocupantes no excedan el perĂmetro del vehĂculo.
Las autocaravanas no necesitan un lugar especĂfico para aparcar, aunque muchos puntos turĂsticos sugieren dirigirse a predios especialmente acondicionados para que, además de permanecer por la noche, aprovechen los servicios de luz, agua, gas y comodidades como duchas o colmados.
Estos vehĂculos se pueden dejar por la noche en cualquier estacionamiento ordinario. AllĂ es posible abrir claraboyas o subir los techos, pero no se pueden superar las marcas viales. O sea, no es posible expandir la estructura hacia los lados, ni tampoco abrir los toldos o sacar sillas a la vĂa pĂşblica.
En este sentido, “para abrir ventanas batientes, colocar calzadores o niveladores o sacar fuera una mesa se debe acudir a áreas de acampada regulada o a un camping público o privado”, indican en La Vanguardia.
Qué sucede en las costas
Sin embargo hay algunas excepciones a la posibilidad de dormir en la furgoneta. Una es relativa a la Ley de Costas, que prohĂbe que se puedan aparcar vehĂculos o incluso montar una acampada a menos de seis metros desde la orilla de mar.
Esta franja es la que se conoce como dominio pĂşblico marinero-terrestre, y violar esta normativa implica arriesgarse a una multa de 40 euros por cada metro cuadrado ocupado ilegalmente.
Y si se generan desechos, se acampa sin estar autorizado o se enciende un fuego en un parque natural, la multa puede llegar a los 5.000 euros.
Para evitar que haya problemas en los puntos turĂsticos los ayuntamientos suelen ofrecer plazas de aparcamiento que estĂ©n cerca de la costa pero que cumplan con la ley.
El caso de los espacios protegidos
También hay restricciones en los espacios naturales protegidos, donde están los parques naturales y las reservas de la biosfera.
Cada uno de ellos tiene la potestad de regular los espacios para recibir a las furgonetas. Pero a grandes rasgos, está prohibido pernoctar en las zonas de especial conservación, por lo que se suele destinar espacios para el estacionamiento; aunque no todos permiten que allà pase la noche una camper.
Y mucho cuidado si se extienden los elementos de la furgoneta en una zona que está prohibido acampar las multas pueden llegar a los 6.000 euros.