ERC fracasa en su intento de blindar la inmersión lingüística con la Ley Celaá
Dos sentencias del TSJC tumban proyectos escolares que excluyen al castellano, y exigen que se cumpla el mínimo del 25% de horas exigidas
La Ley Celaá, que suprimió de su redactado a propuesta de ERC que el castellano también podía ser lengua vehicular de la enseñanza, ha sido insuficiente para blindar la inmersión lingüística. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado dos proyectos lingüísticos que incumplían la obligación de un 25% de castellano en las aulas.
A través de un comunicado, la asociación educativa Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) ha asegurado que las sentencias tienen una «trascendencia histórica». Según la entidad, la medida obliga a cambiar todos los proyectos lingüísticos, que «en un 95% de los casos solo establecen que el catalán es lengua vehicular».
Los fallos también entran a valorar los efectos de la Ley Celaá, también conocida como LOMLOE, «para concluir que no cambia la situación anterior porque la Disposición Adicional 38, tal como preveía la LOMCE, se limitaba a recoger la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo».
Los proyectos en inmersión «son nulos de pleno derecho»
Esto significa que «el carácter de lengua vehicular del castellano en el modelo educativo catalán deriva directamente de la Constitución española». Los textos judiciales citan una sentencia anterior donde se valora la repercusión de la reforma educativa que «todavía no ha sido hecha pública».
AEB ha explicado que los proyectos lingüísticos que excluyan al español como lengua vehicular «son nulos de pleno derecho», y que tienen la obligación de ofrecer un 25% de las horas lectivas. La entidad ha asegurado que «el pluralismo lingüísticos en Cataluña y el reconocimiento de nuestra diversidad ha dado un paso de gigante».
El TSJC considera que la ley aprobada por el PP recogió «la interpretación hecha por el Tribunal Supremo y por el Tribunal Constitucional. La supresión en la LOMLOE de que «el castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el estado» no altera el régimen del español «como lengua vehicular.
La justicia ya tumbó la inmersión lingüística poco antes de la aprobación de la Ley Celaá. El TSJC determinó en otra sentencia que la consellería de Educación tenía la obligación de garantizar que un 25% de las asignaturas en el conjunto de la enseñanza debían ser en español.
El alto tribunal reconoció que el uso del castellano era «residual», como mínimo, “en una parte significativa de centros y de grupos docentes, de manera que se constata una infracción del marco jurídico vigente”. La decisión suponía que al menos otra asignatura además de la materia lingüística fuera impartida en esta lengua oficial.
ERC pactó con el PSOE excluir al castellano del redactado final
La Generalitat aseguró tras el primer revés que presentaría un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La consellería presidida por Josep Bargalló (ERC), esperaba que la norma jurídica quedara sin efecto cuando se aprobara la reforma educativa de Isabel Celaá, algo que no ha pasado.
Esquerra Republicana pactó con el PSOE cambiar el redactado de las lenguas oficiales, para garantizar el modelo de inmersión lingüística. El redactado original consideraba que «el castellano y las lenguas cooficiales tienen consideración de lenguas vehiculares», algo que terminó por desaparecer para pedir únicamente un «dominio pleno» de las mismas.