Empleo aclara que no se perderá la renta activa de inserción al viajar al extranjero
Afirma que la limitación sólo afecta a los parados que salgan de España a lo largo del año que es necesario estar inscrito previamente como demandante de empleo para recibir la prestación
El Ministerio de Empleo ha aclarado que los parados que viajen al extranjero no perderán «en ningún caso» la renta activa de inserción. El subsidio de 426 euros destinado a desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.
El Gobierno sale al paso de las críticas que se han multiplicado en las últimas horas, desde que se publicó el Rajoyazo en el Boletín General del Estado. Fuentes del Ejecutivo informan de que los parados que estén cobrando esta prestación «tienen derecho a viajar en las mismas condiciones.
Nuevos prestatarios
Las modificaciones de la renta activa de inserción van por otro camino. Afectarán a aquellas personas que viajen al extranjero a lo largo del año que es necesario estar inscrito previamente como demandante de empleo para recibir la prestación.
«La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos. En los supuestos en que se interrumpa la demanda de empleo, se exigirá un periodo de 12 meses ininterrumpido desde la nueva inscripción», dice el texto publicado en el BOE.
Excepcionalidades
Fuentes del ministerio de Empleo han explicado que se establecerán determinados excepciones en el caso de que el solicitante deba viajar al extranjero por causas urgentes o de extrema necesidad. Según informa Europa Press, la modificación introducida pretende evitar «situaciones de cobro irregular».
Por ello, del mismo modo que durante el periodo de inscripción el solicitante debe buscar «activamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad», tampoco puede viajar al extranjero «sin causa justificada».