El TSJC deniega la apertura continua de la hostelería catalana
La justicia catalana alega que hay que dar prioridad a la "protección de la salud pública" antes que a la apertura continuada de la restauración
La restauración catalana seguirá ofreciendo sus servicios en dos turnos durante siete horas y media al día. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha denegado la petición de urgencia de la patronal de ocio nocturno Fecasarm, realizada en diciembre, para poner fin a las restricciones que solo permiten abrir en dos franjas horarias -de 07.30 a 10.30 horas y de 13.00 a 16.30 horas- y establecer un horario continuado hasta las 22.00 horas.
La justicia catalana ha mostrado su rechazo a esta solicitud alegando en un auto, al que ha tenido acceso Efe, que hay que dar prioridad a la «protección de la salud pública». Además, también ha desestimado que se permitiera a las salas de concierto, cafés teatro y cafés concierto ofrecer servicio de bar.
La patronal se animó a realizar esta demanda después de que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco aceptara reabrir la restauración en la región, incluso en los casos en los que los establecimientos estuvieran en municipios muy castigados por la pandemia.
La justicia catalana no ve «urgencia perentoria»
Los magistrados catalanes consideran que no existe la «urgencia perentoria» para acordar la apertura continuada de bares y restaurantes sin escuchar antes las alegaciones de la Generalitat. Por lo tanto, se han inclinado por proteger «los tan sentidos valores del derecho a la vida y la salud, así como la defensa de un sistema de asistencia sanitaria cuyos limitados recursos es necesario preservar adecuadamente».
El auto sostiene así que los argumentos esgrimidos por el sector no «abonan la inaplazable urgencia de adoptar las medidas cautelares sin audiencia de la administración demandada». Además, censura que Fecasarm solo se refiera a «sus particulares derechos e intereses, desconociendo la existencia de los intereses públicos, como si no existiesen fuese accesorios o hubieran de darse por supuestos».
Por otro lado, el TSJC también ha denegado las cautelares solicitadas por la Federación Provincial de Hostelería de Lleida, Andemar-Catalunya, Acomar, la Asociación Europer 2000, el Gremio Catalán de Bingos, Ascabin y Aejea para poder reabrir sus locales.
Las restricciones empujan al cierre, según los hosteleros
El Gremio de Restauración ya advirtió antes de llevar a cabo la petición que “el funcionamiento intermitente de los bares y restaurantes durante 4,5 horas al día es radicalmente inviable y equivale a un nuevo cierre”.
Esta entidad también recordó que, desde el inicio de la pandemia, las autoridades sanitarias catalanas y españolas han alertado de que la mayoría de los contagios se producen en los “espacios privados”, donde las personas se relajan en compañía de amigos o familiares por una falsa sensación de seguridad.