El TC declara la nulidad del acuerdo que permitió la ley del referéndum
El Tribunal Constitucional concluye que el acuerdo de la mesa del Parlament que impulsó la ley del referéndum vulneró los derechos de los diputados
El Tribunal Constitucional (TC) recordó la nulidad del acuerdo de la mesa del Parlament que permitió a las fracciones independentistas tramitar y aprobar la ley del referéndum. La nueva sentencia del TC concluye que las votaciones del pleno del 6 de septiembre de 2017 vulneraron los derechos de los diputados al no admitir la solicitud del dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias (CGE).
El alto tribunal responde así a un recurso de amparo que presentó el grupo parlamentario del PSC por el acuerdo de la mesa del Parlament que dio pie a la tramitación de la ley del referéndum. La sentencia explica que el acuerdo trascendió a pesar de las protestas de Ciudadanos, PP y PSC, y de las advertencias del Secretario General del Parlament y del Letrado Mayor.
El TC ya se había pronunciado sobre la tramitación de estas leyes; el 20 de septiembre el pleno del tribunal anuló los acuerdos del Parlament del 6 y 7 de septiembre con los cuales se pudo tramitar la aprobación de la Ley de Referéndum y la Ley de Transitoriedad Jurídica. En la nueva sentencia, recuerda que también declaró inconstitucional y nula la propia ley del referéndum.
El texto del Constitucional, firmado el 5 de febrero, señala que la ley del referéndum se aprobó «al margen de cualquiera de los procedimientos legislativos previstos y regulados en el reglamento del Parlament y a través de una vía inapropiada» y recuerda que la solicitud de dictamen del CGE es una garantía del Estatut en el procedimiento legislativo.
TC: El pluralismo político nunca debe separarse del respeto a las minorías
«La posibilidad de pedir dicho dictamen no puede ser suprimida por la Cámara sin merma de la integridad del propio procedimiento legislativo y a la vez de los derechos de los representantes a ejercer esta concreta facultad que la ley les confiere y que se incorpora a su estatus jurídico-constitucional», lee la sentencia.
El tribunal considera necesario recordar que el pluralismo político en los procedimientos legislativos nunca debe separarse del respeto a la posición de las minorías, una actuación que a su juicio no estuvo presente en el pleno del 6 de septiembre, cuando los independentistas se quedaron con todas «las posibilidades de intervención y los derechos del resto de los grupos y diputados».