El Supremo rechaza el reingreso en prisión de los indultados del procés

El alto tribunal rechaza así la petición presentada por Ciudadanos, que solicitaba la suspensión del indulto y el regreso inmediato a prisión de los líderes del procés

De izquierda a derecha: los presos del 'procés' Josep Rull, Jordi Sànchez, Raül Romeva, Jordi Cuixart, Joaquim Forn, Jordi Turull y Oriol Junqueras, el 21 de enero de 2021, a su salida de la cárcel de Lledoners tras concederles la Generalitat el tercer grado para participar en la campaña electoral del 14-F | EFE/SS

De izquierda a derecha: los presos del ‘procés’ Josep Rull, Jordi Sànchez, Raül Romeva, Jordi Cuixart, Joaquim Forn, Jordi Turull y Oriol Junqueras, el 21 de enero de 2021, a su salida de la cárcel de Lledoners tras concederles la Generalitat el tercer grado para participar en la campaña electoral del 14-F | EFE/SS

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado este lunes suspender de forma cautelar los indultos gestionados por el Gobierno a los nueve líderes independentistas encarcelados por el procés, una petición que realizaron desde Ciudadanos tras hacerse efectiva la salida de prisión de los condenados el pasado miércoles.

Los dirigentes de Ciudadanos Inés Arrimadas, Carlos Carrizosa y José María Espejo presentaron el escrito, que el Supremo ha rechazado al no apreciar que se den las circunstancias para que tenga que imponerse el reingreso en prisión de los indultados sin escuchar antes a la Abogacía del Estado en representación del Gobierno.

El alto tribunal ha considerado oportuno llevar el procedimiento por la vía ordinaria, por lo que la Abogacía tendrá un plazo de 5 días para formular las alegaciones pertinentes a los magistrados en defensa del mantenimiento de los indultos.

El Supremo le discute a la formación naranja que la solicitud de suspensión cautelarísima contraviene el «derecho fundamental a la libertad de toda persona, reconocido y garantizado en el artículo 17 de la Constitución«, un derecho que garantiza que «nadie puede ser privado (de libertad) sino en los casos y en la forma previstos en la ley».

De la misma forma que fue la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo la que actuó en relación a los indultos, corresponde a la Sala de lo Contencioso-Administrativo el mantener la libertad de los indultados que, en opinión de los jueces, «no supone sino respetar el derecho fundamental a la libertad del que la persona solo puede verse privado en los casos y la forma previstos en la ley».

También han rechazado el alegato presentado por Ciudadanos, que invocaba el riesgo a la reincidencia de los líderes independentistas o la posibilidad de huida de los presos. Los magistrados han observado que, sin ninguna justificación que permita apreciar esta serie de riesgos, «difícilmente puede considerarse suficiente a efectos de acreditar las circunstancias de especial urgencia» que justifiquen el reingreso en prisión de los condenados.

A pesar de la negativa del Supremo a conceder esta medida cautelar, sí ha aceptado el recurso a los indultos presentado por la formación naranja, aunque se trata de un trámite automático que no adelanta ningún resultado sobre cuál será el veredicto final del tribunal.

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp