El Supremo rechaza el recurso de Artur Mas por el 9-N

El Tribunal ve insuficiente la argumentación de los recursos de casación presentados por los ex miembros del Govern

Los expresidentes Carles Puigdemont y Artur Mas, en el congreso funcional del Pdecat / CDC

Mas, Mas-Colell y Homs ofrecen sus pisos como aval ante el Tribunal de Cuentas. / CDC

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El Tribunal Supremo ha rechazado este jueves el recurso presentado por el ex president Artur Mas y otros siete ex altos cargos de la Generalitat presentados a raíz de la resolución del Tribunal de Cuentas, que en 2019 condenó a pagar casi 5 millones de euros por los gastos derivados de la consulta del 9 de noviembre de 2014.

El rechazo de los recursos ha sido en bloque, ya que se habían presentado hasta tres por parte de todos los condenados por el Tribunal de Cuentas que, junto a Mas, son: Joana Ortega, Josefina Valls, Francesc Homs, Jordi Vilajoana, Ignasi Genovés, Jaume Domingo Planas y Teresa Prohias i Ricart.

El Tribunal han argumentado que los recursos de casación carecen de justificación del interés casacional o de fundamentación suficiente. «No se han hecho valer en este caso, esas desconocidas razones que alberga la ley para apreciar el interés casacional objetivo sin que se desarrolle argumentación alguna para acreditar el supuesto pretendido», explican.

A lo largo del proceso, los magistrados apuntaron además contra Mas como líder y máximo responsable de los actos por los que han sido condenados, por lo que el expresident está obligado a pagar toda la cuantía que cualquiera de los otros siete condenados no pueda reembolsar.

Además, el tribunal ha condenado a costas del juicio a todos los que presentaron el recurso, condenando a pagar una cantidad de 666 euros a la Administración del Estado por su personación y oposición a la admisión de estas impugnaciones debido al procedimiento que implica haber presentado el recurso.

Se trata de una multa que se suma a la que el Tribunal de Cuentas ratificó el pasado miércoles, por la que se establecía la reclamación de más de 5,4 millones de euros contra los miembros de la Generalitat de Cataluña que orquestaron la propaganda exterior del referéndum ilegal de independencia de 2017. El organismo ha confirmado la fianza exigida por su presunta responsabilidad en la desviación de fondos durante el ‘procés’.

Los vocales han fijado de esta forma el plazo máximo para poder depositar la fianza de manera solidaria hasta el próximo 21 de julio. Si para entonces los dirigentes independentistas no han resuelto su deuda comenzarán a tramitarse los embargos de sus bienes personales.

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