El Supremo pasa la pelota del debate en la cárcel a la junta electoral
El Supremo se inhibe de la autorización de un debate en prisión como pide Jordi Sànchez y traslada la decisión a la JEC e Instituciones Penitenciarias
El Tribunal Supremo (TS) ha pasado este martes a la Junta Electoral Central (JEC) la pelota de la decisión sobre la eventual celebración de un debate en la prisión de Soto del Real. La petición la hizo Barcelona el número 1 de Junts per Catalunya (JpC) a las generales, Jordi Sànchez, que está encarcelado en Soto del Real.
El Supremo considera que la decisión no le compete. En su resolución, el TS alega que la petición no comporta una excarcelación del centro penitenciario, por lo que no le incumbe, como tampoco el régimen penitenciario.
Ahora, la decisión corresponde a la JEC, que es quien tiene que decidir si ese debate de ciñe a los principios que rigen el desarrollo del proceso electoral, y a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, que tiene que determinar si es factible o si la prisión no está en condiciones de acoger un acto de este tipo.
Sánchez, además de solicitar permiso para el debate al TS, también lo hizo a los otros dos organismos, que hasta ahora se habían lavado las manos a la espera de la resolución del TS. Ahora, la patata caliente vuelve a estar en sus manos.
La resolución del Supremo
En su resolución, firmada este martes por el presidente del tribunal, Manuel Marchena, la Sala, en todo caso, no especifica de quién sería la competencia para decidir al respecto, si de Prisiones o de la propia Junta Electoral, pero sí que acuerda remitir su providencia a esta última para que tome las decisiones pertinentes.
Por el momento, el asunto cuenta con la postura en contra de Instituciones Penitenciarias, que remitió a la Junta un informe desfavorable en el que consideraba que celebrar ese debate electoral «supondría una alteración de las normas regimentales del centro penitenciario».
Según Prisiones, este acto sería contrario a «elementales principios de seguridad», alteraría la «funcionalidad del centro» y también la «distribución funcional de los espacios comunes» obligando a un refuerzo del personal para «garantizar la seguridad de las personas que han de entrar en el centro».
Con este escenario y una vez el Supremo ha declinado entrar en el asunto, la pelota ahora está en el tejado de la Junta Electoral, que debe pronunciarse, bien permitiendo o no el debate o volviéndolo a remitir a otro órgano competente si así lo estima