El juez llama a Felip Puig el 2 de mayo
El consejero de interior y de empresa en época de Artur Mas testificará de nuevo por el caso de espionaje en el servicio de correo electrónico de la Generalitat
El juicio por el espionaje del correo electrónico de los funcionarios catalanes se acerca. El juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona ha citado al antiguo conseller de Empresa e Interior Felip Puig a testificar el próximo 2 de mayo. Después de que la Audiencia Provincial aceptara por segunda vez un recurso de apelación del denunciante, Albert Gabàs, el convergente deberá ser acompañado por Xavier Gatius, el director del Centre de Seguretat de la Informació de Catalunya (CESICAT).
Espadaler también tuvo que comparecer
En esta misma causa también se ha visto salpicado Ramon Espadaler, sucesor de Puig en la cartera de Interior. El actual secretario general de Unió, pero, fue más claro. Explicó que «no autorizó de forma específica» ningún protocolo que implicara la lectura de los mensajes y que no existe una tercera persona autorizada a hacerlo.
El político desmentía así a Flamerich y Panadero. Ambos defendían su autorización para acceder a los correos electrónicos de los responsables políticos.
La Audiencia frente al magistrado
Las dos nuevas testificaciones llegan después de que el denunciante, -un antiguo trabajador del organismo-, apelara por seguna vez el sobreseimiento de la causa dictaminado por el juez. El pasado diciembre, la Audiencia Provincial estimó el recurso y añadió: «En este momento procesal debe dar lugar, si así se solicita, la apertura de juicio oral».
Tras más de dos años abierto, el proceso se acerca a su momento decisivo. Fue en 2013 cuando el ex empleado denunció a Flamerich y Panadero por interceptar sus correos sin permiso.
Cómo detalló Economía Digital, el método es sencillo -y aplicable a los 200.000 funcionarios catalanes-: los servidores de la Generalitat de Catalunya disponen de un filtro para desviar los mensajes a los buzones deseados ya sea según el remitente, el destinatario o el asunto. Las bandejas pueden ser tanto de algún particular como creadas para la ocasión.
Delito 197
De resultar finalmente culpables, los agentes podrían enfrentarse a penas de «entre tres y cinco años de cárcel» al incurrir en el delito 197 del Código Penal. Tendrían, además, el agravante de ser «las personas encargadas o responsables de los ficheros, soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros».