El juez archiva la denuncia contra Almeida por no investigar la presunta estafa de las mascarillas
El magistrado considera que Almeida no tenĂa por quĂ© conocer la existencia de indicios de delito antes de la investigaciĂłn de la FiscalĂa AnticorrupciĂłn, por lo que no se le puede atribuir omisiĂłn de deber
El juzgado nĂşmero 49 de Madrid ha archivado la causa que pesaba sobre el alcalde de Madrid, JosĂ© Luis MartĂnez-Almeida, por el presunto delito de omisiĂłn de deber al no haber presentado denuncia por el caso de las mascarillas, una querella presentada por un abogado.
El magistrado, que ha declarado el sobreseimiento provisional del caso, entiende que Almeida no pudo detectar la estafa antes que la FiscalĂa AnticorrupciĂłn, por lo que el argumento de la parte denunciante, que le acusaba de «incumplir su obligaciĂłn inexcusable de haber denunciado los hechos que fueron objeto de investigaciĂłn por parte de la FiscalĂa», ha quedado descartado.
Recuerda la magistrada que la FiscalĂa AnticorrupciĂłn interpuso querella contra los empresarios Luis Medina y Alberto Luceño por presuntamente haber cobrado comisiones millonarias a travĂ©s de tres contratos con el Ayuntamiento, y ahora el Juzgado de InstrucciĂłn 47 investiga esos posibles delitos.
Y concluye que no se cumplen los requisitos para el delito de omisiĂłn del deber de perseguir delitos por parte del alcalde de Madrid porque «al denunciado no le es exigible haber podido detectar, con anterioridad a la investigaciĂłn llevada a cabo por la FiscalĂa, la presunta comisiĂłn de los delitos que han dado lugar a la interposiciĂłn de la querella» de AnticorrupciĂłn.
Añade que esto es asà «al no serle exigible conocer minuciosamente los precios de mercado del material adquirido por el ente público que dirige, máxime en una situación excepcional de emergencia y necesidad».
Subraya que además no se da la «omisión maliciosa» que exige el Código Penal para estos casos.
El auto, al que ha tenido acceso Efe, detalla que de la querella de la FiscalĂa se constata que el Ayuntamiento reclamĂł al intermediario de esos contratos que rebajara el precio pactado en uno de los artĂculos acordados -los guantes- al comprobar que se vendĂan más baratos en las tiendas, lo que «evidencia la finalidad del Ayuntamiento de no abonar un sobreprecio sobre los productos adquiridos».
«Si la FiscalĂa (…) necesitĂł la incoaciĂłn de diligencias de investigaciĂłn para comprobar la existencia de indicios de criminalidad, no resulta procedente la exigencia al responsable del Ayuntamiento de iniciar acciones penales con carácter previo a dicha comprobaciĂłn, acciones que hubieran resultado precipitadas y carentes de sustento indiciario», añade.
La denuncia cuyo contenido rechaza la jueza fue interpuesta en abril por el abogado Fernando Pamos de la Hoz por un presunto delito de omisión del deber de perseguir delitos, al no haber denunciado el alcalde la presunta estafa de los empresarios Luis Medina y Alberto Luceño al Ayuntamiento en un contrato de compraventa de mascarillas.
En la denuncia el letrado esgrime que, «en su condiciĂłn doble de funcionario y autoridad», Almeida tenĂa la «obligaciĂłn inexcusable» de denunciar los hechos que investigĂł la FiscalĂa AnticorrupciĂłn y que la llevaron a querellarse contra ambos empresarios, que presuntamente cobraron comisiones millonarias del susodicho contrato.