El Gobierno estudia fórmulas que compensen los gastos del teletrabajo
Ministerio de Trabajo, patronal y sindicatos discuten cómo regular en una ley los gastos, equipos materiales y horarios del teletrabajo
El teletrabajo ha llegado para quedarse, pero los mecanismos para regularlo todavía están en el aire. Por eso, el Ministerio de Trabajo, la patronal CEOE y los sindicatos UGT y CCOO se han reunido hoy para discutir los detalles de una futura ley que ampare a los empleados que realicen la jornada laboral en sus hogares, un hito habitual tras la pandemia del coronavirus.
Sobre la mesa, hay un borrador en el que los agentes sociales han trabajado medidas como que las empresas se hagan cargo de la parte proporcional de los gastos que tenga el empleado por prestar los servicios a distancia. Según ha reflejado 20minutos.es, que ha tenido acceso al texto, la forma para compensar ese desembolso estará fijada en el convenio colectivo de la empresa.
Además, la compañía se compromete a proporcionar los equipos y medios necesarios para realizar las actividades del puesto. Unas herramientas que quedarán recogidas en un inventario formal.
El teletrabajo, una práctica voluntaria
El borrador del anteproyecto también indica que el trabajo a distancia deberá ser acordado por la compañía y el empleado de forma conjunta, por lo que no se podrá obligar a nadie a trabajar desde su casa. Además, la decisión de teletrabajar será reversible en el tiempo y se podrá aprobar tanto al inicio de un contrato como más adelante.
Se considerará que un empleado está teletrabajando cuando realice al menos el 20 % de su jornada laboral de forma telemática, fuera de la oficina.
El derecho a la desconexión
El derecho a la desconexión es una de las grandes incógnitas del borrador. A pesar de que el texto reconoce que los empleadores deberán recurrir a “medios tecnológicos de comunicación empresarial”, no establece cómo se regularán los periodos de descanso.
Sin embargo, el anteproyecto sí que otorga a las compañías mecanismos para realizar una “vigilancia y control” del trabajo de sus empleados. Eso sí, no deberán violar en ningún momento la “dignidad” del trabajador.
Los contratos de prácticas
La futura norma reconoce que la modalidad del teletrabajo solo la podrán realizar las personas que tengan como mínimo 18 años, por lo que quedan excluidos los empleados de 16 o 17 años que deseen trabajar desde sus hogares.
En ese mismo sentido, establece un porcentaje máximo del 50 % de trabajo presencial para los jóvenes que estén realizando contratos en prácticas o de formación, en los que habitualmente se precisa una tutorización.