El coste de salpicar a un peatón: esta es la multa de la DGT
Esta es la multa que conlleva mojar a un peatón en un día de lluvia
El otoño es una de las estaciones con más lluvia del año y, por ello, hay que extremas las precauciones al volante. Habitualmente, dependiendo del estado de la calzada, en los días de lluvia se forman unos grandes charcos de agua en las carreteras con los que podemos mojar a los viandantes si pasamos con una velocidad excesiva.
Ante la pregunta de si la Dirección General de Tráfico (DGT) nos puede multar por mojar a un peatón al pasar por un charco de agua, la respuesta es: sí, aunque en el Reglamento General de Circulación no se especifique. Y es que la razón sancionable no es el hecho de salpicar a un peatón, sino la molestia que puede causar.
Acto sancionable
El artículo 2 del Reglamento General de Circulación recoge que «los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas, o daños a los bienes«. Por esta razón, considerándose una molestia dejar empapado a un viandante, la DGT puede llegar a imponer una multa de 80 euros.
Campaña de vigilancia
Por otro lado, la DGT ha iniciado una campaña para vigilar las condiciones de seguridad de los vehículos que circulan por las carreteras. Hasta el 16 de octubre, se vigilará y controlará el correcto mantenimiento del vehículo a través de la comprobación de neumáticos, frenos, luces, señalización y vigencia de la ITV, entre otros elementos.
Mientras que la sanción que acarrea circular sin la ITV en regla asciende a 500 euros, conducir un vehículo con los neumáticos con una profundidad inferior a la mínima establecida por la ley o llevar una luz fundida puede comportar una multa de hasta 200 euros.