El Constitucional avala retirar su cargo público a Junqueras
El tribunal rechaza el recurso del exvicepresidente catalán y despoja de sus funciones parlamentarias al resto de condenados en el juicio del 'procés'
El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, planteado contra la decisión del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que suspendió cautelarmente como diputado a los encausados en el juicio del ‘procés’.
En concreto, el Pleno de la Sala ha avalado el artículo 384 bis de la ley de Enjuiciamiento Criminal, según informan fuentes jurídicas a El Mundo. Bajo este pretexto, el Tribunal Supremo impidió en julio de 2018 que todos los líderes independentistas acusados de un delito de rebelión pudieran ocupar su escaño en el Parlament catalán.
Dicho artículo dictamina que «firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional […] el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión».
De esta forma, Junqueras y los exconsellers destituidos por un delito de rebelión no pueden ejercer como diputados autonómicos desde su entrada en prisión en noviembre de 2017.
Durante el juicio del ‘procés’, las defensas de los políticos condenados alegó que dicho precepto era inconstitucional al entender que no podía aplicarse a los procesados por rebelión. Para el Supremo, sin embargo, la aplicación del artículo 384 bis se trata de un apartado de obligado cumplimiento.
El precedente de una sentencia de 1994
El Constitucional, por su parte, ha rechazado que el artículo vaya en contra de la Constitución. Para ello, se ha remitido a la sentencia 71/1994, por la que el mismo tribunal dictaminó que el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no atenta contra el contenido del artículo 23.2 del texto, el que establece el derecho de los ciudadanos a acceder en condiciones de igualdad a un cargo público.
En aquella sentencia, emitida en 1994 y que obligó a reformar la norma tras un recurso presentado por el PNV, el Constitucional también determinó que tampoco suponía vulnerar la presunción de inocencia recogida en la Carta Magna.
Según apuntan fuentes judiciales a El País, el Constitucional destaca la gravedad de la acusación de rebelión tal y como pedía la Fiscalía. En este sentido, el tribunal considera que la aplicación del 384 bis y sus consecuencias parlamentarias para Junqueras y el resto de políticos independentistas dio respuesta a una norma estricta, pero aplicable en cualquier caso.
En este sentido, la Sala derivó la suspensión de las funciones como diputados a las Mesas del Congreso y del Senado. Estas, después de solicitar informes a sus respectivos servicios jurídicos, decidieron acatar el artículo y despojar a Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull y Jordi Sánchez de su condición de diputados nacionales y a Raül Romeva como senador.