El Consejo Fiscal pone en duda la constitucionalidad de la nueva ley de secretos oficiales
La FiscalĂa del Tribunal Supremo destaca en su informe que el texto aprobado por el Consejo de Ministros "tiene un enorme margen de mejora"
El Consejo Fiscal ha puesto en duda la constitucionalidad de la futura ley de secretos oficiales. Y es que, segĂşn ha señalado, la nueva categorĂa de materias «clasificables» abarca una extensa cantidad de asuntos y ámbitos que «desbordan» los vinculados por la ConstituciĂłn a la Seguridad y a la defensa del Estado.
AsĂ, el texto aprobado por el Consejo de Ministros el pasado agosto «tiene un enorme margen de mejora», tal y como ha destacado en su informe la FiscalĂa del Tribunal Supremo sobre el anteproyecto de ley de InformaciĂłn Clasificada. En esta lĂnea ha subrayado que tampoco «cumple los estándares marcados por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho de acceso a la informaciĂłn pĂşblica».
Problemas de «encaje institucional»
En su opiniĂłn, la nueva ley, que está en fase de recabar informes preceptivos, podrĂa restringir la libertad de recibir y comunicar informaciĂłn, además de que adolece de problemas interpretativos. El Consejo Fiscal señala que deja un «amplĂsimo margen» a una regulaciĂłn reglamentaria, sobre todo en lo que se refiere a las labores de clasificaciĂłn, desclasificaciĂłn o revisiĂłn.
Pero, sobre todo, el Consejo Fiscal destaca la extensa temática que se puede aplicar a las cuatro nuevas clasificaciones de secreto oficial (alto secreto, secreto, confidencial, restringido) y que van desde la soberanĂa e integridad territorial, hasta el orden constitucional, la seguridad y defensa nacional, los intereses econĂłmicos o industriales estratĂ©gicos o «cualquier otro ámbito cuya salvaguarda requiera de la más alta protecciĂłn».
Es precisamente este Ăşltimo punto el que señalan los jueces que está en los lĂmites constitucionales dentro de lo que serĂa «alto secreto» o «secreto» y que «por supuesto» debe suprimirse para las clasificaciones de «confidencial» y «restringido».
«La extraordinaria amplitud de las materias y ámbitos a los que se extiende en el art. 3 el concepto de informaciĂłn clasificable en sus distintas categorĂas desborda el marco del art. 105.b de la ConstituciĂłn (seguridad y defensa del Estado), planteando en consecuencia serios problemas de encaje constitucional», señala.
Recalca que son cláusulas «abiertas e imprecisas» que al final no determinan cada una de las categorĂas de clasificaciĂłn y crean incertidumbre a lo que las autoridades de clasificaciĂłn pueden entender por secreto.
Pide reducir los plazos de desclasificaciĂłn
El informe fiscal recuerda que en un sistema democrático, la clasificaciĂłn de una informaciĂłn «sĂłlo puede servir para proteger la seguridad y defensa del Estado por el tiempo estrictamente necesario y de manera absolutamente justificada y proporcional». Y critica que los plazos de desclasificaciĂłn automática sean «excesivamente rĂgidos, amplios y faltos de proporciĂłn».
Por ello, aboga por reducir a 25 y 10 años los plazos máximos para la desclasificaciĂłn automática de documentos de «alto secreto» y «secreto», frente a los 50 y 40 años que establece el anteproyecto, mientras que para las categorĂas de «confidencial» y «restringido» propone plazos de 6 y 4 años.
«Flexibilizar la duración de los anteriores plazos previendo la posibilidad de adoptar reducciones de sus tiempos en función de las circunstancias», también señala el informe que aboga por «prohibir de manera absoluta la destrucción de la información complementaria sin perjuicio de permanecer en régimen de información clasificada».
Para este Ăłrgano consultivo, el anteproyecto del Gobierno regula «insuficientemente» el derecho de la ciudadanĂa a solicitar el acceso a la informaciĂłn y no contempla ningĂşn rĂ©gimen o procedimiento especĂfico de reclamaciĂłn o impugnaciĂłn sobre las decisiones de rechazo a una solicitud.
Asimismo, pide disminuir «sensiblemente» las cuantĂas de las sanciones principales que el Ejecutivo lleva a multas de hasta 3 millones de euros en el caso de infracciones muy graves.
El Consejo Fiscal considera oportuno concentrar las competencias y facultades de clasificaciĂłn, exclusivamente, en el Gobierno para las categorĂas de «alto secreto» y «secreto», y en los titulares de los Ministerios para las categorĂas de «confidencial» y «restringido», sin posibilidad de delegaciĂłn.
En este sentido ve «desmedido» que se concedan facultades de clasificaciĂłn a delegaciones, subdelegaciones, o autoridades autonĂłmicas competentes en materia de policĂa como pueden ser Cataluña o el PaĂs Vasco. «En algunos aspectos ello podrĂa equivaler en la práctica a dotarles de unas posibilidades de actuaciĂłn en un rĂ©gimen de secreto similar al de la DirecciĂłn del Centro Nacional de Inteligencia», pone como ejemplo.