Todo lo que tienes que saber si te despiden estando de baja médica

Si te despiden estando en situación de baja laboral, cuentas con la opción de interponer una demanda por despido

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La incapacidad temporal, también conocida como baja laboral, se produce cuando un trabajador no puede continuar llevando a cabo su actividad en una empresa por enfermedad o accidente, tanto en el ámbito laboral como fuera. Existen diferentes tipos de baja laboral, desde enfermedad común, maternidad y paternidad, hasta enfermedad profesional o accidente de trabajo.

Despido durante la baja laboral

El artículo 52.d) del Estatuto de los Trabajadores (ET) ofrecía la posibilidad a las compañías de despedir a los empleados enfermos si faltaban al trabajo de forma intermitente, aunque fuese con justificación.

Para ello, debían ausentarse en el puesto de trabajo el 20% de las jornadas hábiles a lo largo de dos meses consecutivos, o bien, faltar el 5% de las jornadas hábiles en los 12 meses anteriores o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de 12 meses. En estos casos, la empresa debía indemnizar al trabajador 20 días por año de servicio.

A pesar de que este artículo fue derogado, este tipo de despidos han continuado considerándose improcedentes en lugar de nulos por los tribunales españoles. Al considerar que una enfermedad no es equiparable a la discapacidad, y por tanto, no constituye una causa de discriminación para que el despido sea nulo.

En la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, si bien aún no se considera la enfermedad como una causa de nulidad del despido, se ha ampliado el concepto de discriminación a la enfermedad.

Según esta legislación, el despido de la persona trabajadora enferma, independientemente de que tenga o no una baja médica, se considera discriminatorio. Por ese motivo, se puede pedir la nulidad del despido, y también, una indemnización.

Si te despiden estando en situación de baja laboral, cuentas con la opción de interponer una demanda por despido. No obstante, deberás tener en cuenta que habrás de realizar el trámite en un plazo de viente días.

Economía Digital

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