Todos los derechos que tienes y no conoces si Ryanair te cancela un vuelo
Te explicamos cuáles son tus derechos como viajero en caso de cancelación de un vuelo
Si tienes un vuelo programado para este verano, quizás te preguntes si la huelga de trabajadores de Ryanair te afectará de alguna manera. Los empleados de la aerolínea ya han anunciado paros de 24 horas del 12 al 15 de julio, del 18 al 21 julio y del 25 al 28 de julio en los diez aeropuertos españoles en los que opera la aerolínea irlandesa.
Ante la cancelación de un vuelo, Ryanair permite dos opciones: solicitar un reembolso o cambiar el vuelo de forma gratuita. Cabe destacar que la aerolínea comunicará la cancelación lo antes posibles por correo electrónico o mensaje de texto a la dirección y el número de teléfono móvil que el cliente haya facilitado en el momento de la reserva.
Reembolso
Si se opta por solicitar el reembolso del importe económico del vuelo, conviene tener en cuenta que la compañía abonará la cantidad en un plazo de cinco días laborales y la devolución se realizará con la forma de pago que se utilizó en el momento de efectuar la reserva. Asimismo, es necesario tener en cuenta que la aerolínea únicamente permite tramitar una solicitud por reserva.
Para solicitar el reembolso, se debe acceder al portal de la aerolínea y acceder al apartado ‘Solicitar un reembolso’ dentro de la sección ‘Cancelaciones de vuelo’. Una vez se hace clic, el cliente ha de rellenar el formulario que pone a disposición la compañía e introducir diferentes datos como el número de vuelo, la fecha del vuelo o el código de la aerolínea, entre otros.
Una vez se ha cumplimentado el formulario con toda la información exigida por Ryanair, el cliente ha de hacer clic en el botón ‘Enviar solicitud de reembolso’.
Cambiar el vuelo
Otra opción es cambiar el vuelo, un trámite que se puede llevar a cabo a través del portal web de la aerolínea irlandesa. En concreto, se debe acceder al apartado ‘Cambiar el vuelo’ dentro de la sección ‘Cancelaciones de vuelo’. Si el cliente se decanta por esta opción, deberá acceder a su cuenta dentro de la aerolínea, introduciendo el usuario y la contraseña. Una vez se identifique, deberá seguir las distintas instrucciones proporcionadas por la compañía.
Sin embargo, se ha de tener en cuenta que esta posibilidad está sujeta a la disponibilidad de asientos, de manera que puede darse el caso de que no sea posible cambiar el vuelo.
¿Cuáles son tus derechos como viajero?
La legislación que fija y establece los derechos de los viajeros cuando se produce una cancelación de un vuelo es el Reglamento de la Unión Europea nº 261/2004. Sin embargo, la normativa únicamente aplica a los vuelos que tengan como origen o destino un aeropuerto ubicado en alguno de los países de la Unión Europea.
Los clientes que se vean afectados por un vuelo cancelado, cuentan con la posibilidad de solicitar una compensación económica a la aerolínea. No obstante, la compañía no se encuentra en la obligación de abonarla en los siguientes casos:
- Si comunica la cancelación con 14 días de antelación respecto a la hora de salida prevista.
- Si comunica la cancelación con entre 7 días y 14 días de antelación respecto a la hora de salida prevista y ofrece un transporte alternativo que permita a los viajeros salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.
- Si comunica la cancelación con menos de 7 días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y ofrece a los viajeros tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.
El importe de la compensación económica varía según la distancia del vuelo. Mientras que el importe para cancelaciones o retrasos de vuelos de hasta 1.500 km se sitúa en los 250 euros, para los trayectos de entre 1.500 km y 3.000 km asciende a los 400 euros, y en los viajes de más de 3.500 km puede alcanzar hasta 600 euros.
La aerolínea tampoco está obligada a llevar a cabo este desembolso si «puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables».
Sin embargo, tal y como recoge una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de abril de 2018, las huelgas de trabajadores no se consideran «circunstancias extraordinarias», y por tanto, la aerolínea no está eximida de pagar una compensación económica si se cancela un vuelo por este motivo.