¿Te pueden multar por conducir sin camiseta, descalzo o con chanclas? La DGT lo aclara
Hay cuestiones de seguridad y hasta higiénicas por las cuales conducir en chanclas y sin camiseta es poco recomendable
Quizás sea tentador por las altas temperaturas, pero conducir sin camiseta y en chanclas o descalzo no es lo más recomendado al momento de ponerse frente al volante. Y si bien no está explícitamente prohibido, los agentes de tráfico sí pueden multar con 80 a 200 euros por viajar así. ¿Cómo se explica?
Hay que diferenciar entre lo que marca el Reglamento General de Circulación y las interpretaciones que pueden hacer los agentes de la Guardia Civil o la Policía.
Entre lo que dice la DGT y lo que se interpreta
En ninguna parte de ese reglamento especifica que está prohibido conducir con el torso desnudo (o con bañador, en el caso de las mujeres) y en chanclas, pero hay que tener en cuenta los artículos que hacen referencia a la libertad de movimientos del conductor para garantizar la seguridad en el vehículo.
Una interpretación estricta de un agente de tránsito del reglamento puede derivar en una multa de 80 a 200 euros
Estos son los artículos 3.1, 17.1 y 18.1. El primero indica “se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía”.
En tanto los dos últimos detallan que el conductor está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, así como tener el campo necesario de visión y contar con una atención permanente en la conducción, además de mantener la posición adecuada.
En tanto el 17.1 precisa que los conductores tienen que estar en condiciones de controlar el vehículo en todo momento.
La interpretación más estricta
Si un agente de tráfico o policía tiene una interpretación muy estricta del reglamento, podría considerar que ir sin camiseta puede limitar los movimientos del conductor, por cuanto el cinturón de seguridad ejerce una fricción molesta. Y aplicar una multa de 80 a 200 euros.
Así lo recordó con humor hace unos años la Guardia Civil, donde además del tema de la libertad de movimientos y la seguridad también pone el acento en lo poco estético que es.
Conducir con chanclas o sin camiseta puede condicionar la libertad de movimiento y afectar a la seguridad
— Guardia Civil (@guardiacivil) August 19, 2017
Al margen de otras problemáticas pic.twitter.com/crHLiB1tnw
El problema de los movimientos bruscos
El tema se agrava en caso de tener que frenar bruscamente, y ya no digamos en caso de accidente: el cinturón como los otros elementos del habitáculo se diseñan pensando que el conductor va vestido, y el tirón del cinturón puede causar daños en la piel -lo que se evita aunque sea con la suave tela de la camiseta-.
Si bien aquí la ley no entra en consideración, también cabe puntualizar lo poco higiénico que es conducir sin camiseta, porque por el sudor las bacterias que están en el asiento y el cinturón quedan impregnadas en la piel.
Ni en chanclas ni descalzo
La interpretación de la libertad de movimientos también se aplica a las chanclas, ya que este calzado no está sujeto firmemente al pie, y puede trabarlo a la altura del talón.
Pero si uno tiene la tentación de conducir descalzo, mejor no intentarlo porque cae en el mismo principio: puede poner en riesgo la libertad de movimientos, porque la adherencia del pie en los pedales no es la misma que con calzado.
Y ya puestos, la DGT puntualiza que tampoco es recomendado conducir con plataformas o tacones por el mismo problema.