El cheque de 200 euros llega con una sorpresa en la Declaración la Renta
Los contribuyentes con rentas inferiores a los 27.000 euros anuales pueden formalizar el trámite para beneficiarse del cheque
El periodo de solicitud para obtener el cheque de 200 euros impulsado por el Gobierno ya está abierto y finalizará el 31 de marzo. Hasta entonces, los contribuyentes que ingresen rentas inferiores a los 27.000 euros anuales podrán formalizar el trámite para beneficiarse del cheque, a través de la página web de la Agencia Tributaria. Sin embargo, las personas que perciban esta ayuda habrán de prestar atención a la hora de presentar la Declaración de la Renta.
El cheque forma parte del sexto paquete de ayudas dirigidas a paliar las consecuencias económicas de la invasión rusa de Ucrania aprobado por el Gobierno. «Son respuestas para ayudar a la gente y para avanzar en nuestro país», apuntó el jefe del Ejecutivo durante una comparecencia ante los medios, a lo largo de la cual hizo un balance de las políticas impulsadas el pasado año y concretó el conjunto de medidas que se pondrán en marcha este 2023.
Con el objetivo de «ayudar a las familias ante la inflación que vive la economía del país», se destinará una partida de 1.200 millones de euros para llegar a 4,2 millones de familias. De esta manera, el Gobierno quiere mejorar el cheque de 200 euros del año pasado, que solo llegó a 600.000 de los 2,7 millones de personas prevista, con un procedimiento de solicitud más sencillo y un mayor umbral de renta, puesto que pasa de 14.000 a 27.000 euros.
¿Quién puede pedir el cheque?
La ayuda se dirige a «asalariados, autónomos o desempleados inscritos en las oficinas de empleo». Por ello, uno de los requisitos es haber llevado a cabo alguna actividad por cuenta propia o ajena a lo largo del año pasado, que haya conllevado el alta en la Seguridad Social o mutualidad, o bien, haber recibido alguna prestación o subsidio por desempleo.
Además de residir de forma habitual en el país, también es indispensable percibir una renta anual por debajo de los 27.000 euros. Cabe destacar que el importe debe ser el bruto, es decir, sin descontar gastos ni retenciones. Asimismo, los contribuyentes interesados en percibir la ayuda deben tener un patrimonio inferior a los 75.000 euros anuales, descontando la vivienda habitual.
Para el cálculo deben sumarse las rentas y el patrimonio de las personas que convivan en el mismo domicilio si estas son: cónyuge, pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho, descendientes menores de 25 años o con discapacidad con rentas que no excedan de 8.000 euros, excluidas las exentas, y ascendientes hasta segundo grado por línea directa.
Para la determinación de estas circunstancias se atenderá a la situación existente a 31 de diciembre de 2022 y no se tendrán en cuenta los ingresos y patrimonio de otras personas convivientes en el mismo domicilio que no estén unidas por dichos vínculos. Es decir, no se sumará el ingreso y el patrimonio de las personas que compartan piso sin tener una relación de parentesco.
No obstante, quedarán excluidos de la ayuda los pensionistas y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). «No tendrán derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022, perciban el ingreso mínimo vital, o pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado», explicita el BOE.
¿Cómo afecta a la Declaración de la Renta?
Tal y como ha indicado Hacienda, el cheque de 200 euros se considera ganancia patrimonial y, consecuentemente, debe añadirse en el apartado correspondiente cuando el contribuyente que haya percibido el ingreso presente el borrador de la Declaración de la Renta de 2023, es decir, el que se presenta en 2024.
Sin embargo, conviene tener en cuenta que no se trata de un importe fijo, puesto que variará en función de las rentas de los contribuyentes. No obstante, es posible calcular cual sería la afectación en la declaración para cada caso empleando el simulador de la Agencia Tributaria.