Cataluña relaja sus restricciones: sube los aforos y amplía los horarios de los bares
El Govern seguirá manteniendo las reuniones limitadas a un máximo de 6 personas
Buenas noticias para la hostelería y comercios catalanes a partir del 24 de mayo. La Generalitat ha anunciado este viernes que Cataluña relajará más sus restricciones, permitiendo que bares y restaurantes se abran a partir de las 6:00 de la mañana en vez de a las 7:30 y sube un 20% el máximo permitido de aforos en tiendas, bares y teatros. De esta manera, los comercios podrán tener un 50% del aforo en interiores -actualmente el máximo es el 30%- y bares y teatros un 70% -por ahora está limitado al 50%-.
Respecto a la movilidad y al toque de queda, no habrá ninguna modificación por el momento, ambas restricciones, que desaparecieron con el final del estado de alarma, seguirán suspendidas, por lo que la población podrá moverse con total libertad por todo el territorio catalán.
Sin modificaciones también en lo concerniente al uso de la mascarilla, que seguirá siendo obligatoria en todos los casos a excepción de las personas que estén practicando deporte o con problemas respiratorios.
En el ámbito cultural, los cines y teatros seguirán abiertos hasta las 23:00 horas. Tampoco cambia el aforo de las terrazas, que pueden operar con libertad y con el máximo aforo siempre que los establecimientos puedan cumplir la distancia de seguridad entre mesas.
El derecho que aún está más limitado por la crisis sanitaria de la Covid-19, no obstante, es el derecho de reunión, ya que seguirá siendo obligatorio limitar las reuniones a un máximo de 6 personas con la única excepción de si se trata de personas convivientes. Más allá de los botellones y la ingesta de alcohol en la vía pública -algo que siempre ha estado prohibido en Cataluña-, hay que recordar que no está permitido ni comer ni beber en una reunión al aire libre.
Tras el final del estado de alarma en España, cayeron algunas de las medidas más restrictivas como los cierres y confinamientos perimetrales y los toques de queda comunitarios, que prohibían desde salir de la propia ciudad de residencia a salir del domicilio a partir de las 22:00 horas -00:00 horas (dependiendo de la comunidad).
No obstante, son varias las autonomías las que han solicitado a la Justicia que les entregue la potestad de legislar en estas materias, con distintos resultados en los tribunales.