Puigdemont busca una prórroga para pagar la fianza alegando indefensión
El ex presidente de la Generalitat ha presentado este recurso a la espera del pronunciamiento del Tribunal de Cuentas sobre la utilización del Institut Català de Finances como avalista
El ex president de la Generalitat, Carles Puigdemont, ha solicitado al Trinunal de Cuentas que reconsidere su postura y amplíe el plazo fijado de 15 días para la entrega de 5,4 millones de euros impuesta a los 34 ex altos cargos del Govern. De hecho, alega indefensión ante la negativa de este órgano.
Carles Puigdemont «no logra entender cómo 15 días pueden ser considerados como un plazo razonable y suficiente para depositar más de dos millones de euros, concretamente, 2.085.507 euros«, ha declarado el abogado del ex presidente de la Generalitat, Gonzalo Boye.
El recurso de Carles Puidemont se realiza con independencia del anuncio del conseller de Economía, Jaume Giró, de que la Generalitat recurrirá finalmente al Instituto Catalán de Finanzas (ICF) para cubrir las fianzas reclamadas en concepto de responsabilidad contable por el presunto uso irregular de fondos para abrir y mantener las llamadas ‘embajadas catalanas’ y el Diplocat entre 2011 y 2017.
«En efecto, ante la ausencia total y absoluta de argumentación que pueda aclarar a esta parte los motivos que han llevado a la denegación de la solicitud de ampliación del plazo otorgado, no queda sino entender que nos encontramos ante una resolución a todas luces inmotivada y desproporcionada y, sin duda, causante de indefensión», argumenta Gonzalo Boye.
Además, el letrado ha destacado que el procedimiento contable seguido en el Tribunal de Cuentas se asemeja tanto a un procedimiento penal que entiende que debería aplicarse el principio el principio ‘non bis in idem’, pues persigue los hechos idénticos a los que ya generaron la obligación de realizar un afianzamiento en el Tribunal Supremo por el ‘procés’.
Asimismo, Carles Puigdemont, cuestiona la imparcialidad de la instructora del expediente, por ser un cargo de libre designación; y subraya que el funcionamiento del Trinunal de Cuentas «resulta palmariamente incompatible con el derecho a un tribunal independiente e imparcial».
«Ocupar un puesto de trabajo por el sistema de libre designación resulta incompatible, desde el punto de vista de la independencia jurisdiccional, con la instrucción de unas actuaciones previas integradas en el procedimiento de enjuiciamiento contable, lo que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión, al juez ordinario predeterminado por la Ley, así como a un proceso con todas las garantías», insiste.