Esta es la antelación con la que debe avisarte una aerolínea si te cancela el vuelo

Te explicamos cuáles son tus derechos si te cancelan el vuelo a última hora

Los aviones fueron cancelados por la DANA

Un avión despega ante la torre de control del aeropuerto de El Prat. / EFE

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La llegada del verano ha traído un aluvión de huelgas por parte de las aerolíneas y ha truncado los planes de viaje de muchas personas que aprovechan estas fechas para disfrutar de sus vacaciones. Concretamente, Ryanair ha organizado nuevas jornadas de paro que se producirán los días 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 25, 26, 27 y 28 de julio. Por su parte, EasyJet ha seguido a la aerolínea irlandesa y ha convocado huelga del 1 al 3, del 15 al 17 y del 29 al 31 del mismo mes.

Ante esta situación, es conveniente saber que las aerolíneas deben avisar de la cancelación de un vuelo con un mínimo de dos semanas de antelación a todos los pasajeros para que puedan buscar una alternativa para realizar su viaje y ejercer sus derechos.

En primera estancia, la obligación de las aerolíneas es reubicar a los pasajeros a otro vuelo de forma gratuita. No obstante, los viajeros que se vean perjudicados por la cancelación de un vuelo también pueden solicitar el reembolso de su billete, cambiar el vuelo o solicitar una indemnización que puede llegar hasta los 600 euros.

Aun así, también hay que tener en cuenta que las aerolíneas no siempre están obligadas a abonar una compensación económica si el motivo es por alguna de las siguientes razones:

  • Si comunica la cancelación con 14 días de antelación respecto a la hora de salida prevista.
  • Si comunica la cancelación con entre 7 días y 14 días de antelación respecto a la hora de salida prevista y ofrece un transporte alternativo que permita a los viajeros salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.
  • Si comunica la cancelación con menos de 7 días de antelación con respecto a la hora de salida prevista y ofrece a los viajeros tomar otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista.

Tampoco cuando la compañía pueda «probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables».

Sin embargo, si la cancelación del vuelo se debe a una huelga del personal de la aerolínea, están obligados por ley a abonar el importe. Y es que, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de abril de 2018, las huelgas de trabajadores no se consideran «circunstancias extraordinarias», y, por tanto, la aerolínea no está eximida de pagar una compensación económica si se cancela un vuelo por este motivo.

Importe

El importe de la compensación económica varía según la distancia del vuelo. Mientras que el importe para cancelaciones o retrasos de vuelos de hasta 1.500 km se sitúa en los 250 euros, para los trayectos de entre 1.500 km y 3.000 km asciende a los 400 euros, y en los viajes de más de 3.500 km puede ascender hasta los 600 euros.

Raquel Navarro Pérez

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