Estas son las alternativas de conciliación entre la vida laboral y familiar
Reducir la jornada laboral o pedir un cambio de turno, son algunas de las opciones con las que cuentan los empleados para conciliar el trabajo y la familia
Conciliar la vida laboral y familiar no es tarea fácil. Combinar el cuidado de los hijos con la vida laboral, suele ser más complicado de lo que en un principio pueda parecer. Por ello, te mostramos algunas alternativas.
Reducir la jornada
Una de las opciones más comunes es solicitar la reducción de la jornada laboral por el cuidado de un familiar. Conviene tener en cuenta que conlleva una reducción proporcional de la retribución mensual que la compañía paga al empleado. Para pedir la reducción, el trabajador debe solicitarla formalmente a la compañía. Entonces, dispondrán de un plazo de 30 días para negociar la petición y llegar a un acuerdo.
Pueden solicitarla tanto los hombres como las mujeres que tengan a su cargo a una familiar que no pueda valerse por sí mismo y no esté desempeñando una actividad retribuida. En concreto, el trabajador y el pariente deben tener una relación de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Conviene destacar que se consideran parientes de primer grado de consanguinidad los padres e hijos y de segundo grado de consanguinidad, los hermanos, abuelos y nietos.
Por su parte, los parientes de primer grado de afinidad hacen referencia a los cónyuges, los suegros, los cónyuges de los hijos, los cónyuges de los padres y los cónyuges de las madres. Sin embargo, los parientes de segundo grado de afinidad son los cónyuges de los hermanos, los abuelos de los cónyuges, los cónyuges de los nietos y los hermanastros.
Pedir otro turno
En el caso de que la empresa se organice en distintos turnos, otra opción podría ser solicitar un cambio de turno. No obstante, conviene remarcar que esta alternativa únicamente puede resultar útil si existe un turno con un horario más favorable para facilitar la conciliación familiar. Si no se llega a un acuerdo con la empresa, el trabajador dispone de un periodo de veinte días para presentar una demanda.