Nueva normalidad: el BOE decreta cómo funcionarán hoteles y comercios

El Boletín Oficial del Estado marca que el grueso de la responsabilidad se traslada a las comunidades autónomas

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) que este miércoles recoge el real decreto de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación en la nueva normalidad para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por el coronavirus ahonda en cómo será la nueva normalidad en hoteles, restaurantes y comercios.

Las normas que regirán a partir del próximo 21 de junio, una vez finalice el estado de alarma, ceden especialmente protagonismo a las autoridades competentes, es decir, a las comunidades autónomas y ayuntamientos. El Ministerio de Sanidad puede tomar medidas de emergencia, pero siempre consultando con las regiones, que son las encargadas de regular las limitaciones de aforo.

Por ejemplo, en hoteles, restaurantes y comercios las comunidades autónomas son las responsables de evitar aglomeraciones. También de obligar a las empresas a que, si algún trabajador presenta síntomas, avisen de manera inmediata los servicios sanitarios. Los contagiados o quienes hayan tenido contacto estrecho con estos no deben ir a trabajar.

El BOE también contempla medidas de protección e higiene como alternativa a la imposibilidad de mantener la distancia social utilizar —mascarillas y distancia de 1,5 metros principalmente—, aunque no detalla un listado de todas las que pueden ser. Lo decidirán, en cualquier caso, comunidades autónomas o ayuntamientos.

Los normas que recoge este miércoles el BOE no solo son aplicables a hoteles, restaurantes y comercios (artículos 12 y 13), sino también a instalaciones deportivas (artículo 15) y a cualquier espacio o actividad que no esté incluido en boletín de forma específica (artículo 16).

Las mascarillas en hoteles, restaurantes y comercios

Otra de las patatas calientes que resuelve el BOE este miércoles es la de las mascarillas. A partir de ahora serán obligatorias para toda la población y no se volverá a replantear su uso hasta que exista una vacuna contra el coronavirus.

La mascarilla está indicada tanto para espacios al aire libre como cerrados (transporte público, por ejemplo) de uso público, siempre y cuando no sea posible mantener 1,5 metros de distancia — antes eran dos metros— . Por tanto, se entiende que las comunidades pueden recomendar su uso en materia de prevención en los hoteles, restaurantes y comercios.

Hay excepciones a su uso. Las personas menores de 6 años y las que tengan alguna enfermedad o dificultad respiratoria que se vea agravada por utilizar mascarilla quedan fuera del resto de supuestos. 

Y también aparecen aclaraciones. A diferencia de la regulación para el estado de alarma, en la que no quedaba claro si las mascarillas debían utilizarse para hacer deporte, este decreto ley sí es claro: no será obligatoria cuando se practica de manera individual al aire libre.

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