Junts per Catalunya sustituye a Puigdemont en las europeas
JpC declara la guerra a la junta electoral y nombra a Boye, Trias y Talegón sustitutos provisionales de Puigdemont, Comín y Ponsatí en las europeas
Junts per Catalunya (JpC) presentará batalla a la Junta Electoral Central (JEC) tras el veto de esta a que el expresident Carles Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí formen parte de su candidatura a las elecciones europeas del próximo 26 de mayo.
La formación independentista anunció este lunes a última hora de la tarde una sustitución de Puigdemont, Comín y Ponsatí, para poder cumplir con el requisito de la proclamación de la lista y su publicación definitiva este martes. Pero insistió en que solo con carácter provisional. De ahí la elección de tres voluntarios que se han ofrecido ad hoc: el abogado de Puigdemont Gonzalo Boye, el excalde de Barcelona Xavier Trias y la opinadora Beatriz Talegón.
Pero más allá de esa formalidad forzada por los plazos, JpC piensa ir hasta el final. La formación considera la resolución de la JEC «arbitraria», «incomprensible», «grotesca», «kafkiana» y «cualquier cosa menos fundamentada en derecho», en palabras del diputado en el Parlament Josep Costa. De modo que presentará recurso en las próximas 48 horas al Tribunal Supremo, que tendría que resolverlo en tres días. Después, si el alto tribunal no le da la razón, el partido recurrirá al Constitucional, que debería pronunciarse antes del inicio de la campaña; el viernes de la semana que viene.
En última instancia, JpC recurriría a Luxemburgo mediante un contenciosos electoral, que según explicó el también abogado de Puigdemont y ahora además diputado electo al Congreso Jaume Alonso-Cuevillas, debería tomar una decisión final antes del 26 de mayo. Y los independentistas están convencidos de que una u otra instancia les dará la razón y Puigdemont, Comín y Ponsatí podrán finalmente presentarse.
Los argumentos de la JEC para vetar a Puigdemont
JpC se aferra a los cuatro votos particulares, incluidos los del presidente y el vicepresidente de la JEC, que constan en la resolución, y que básicamente dan la razón a las alegaciones presentadas el viernes por la formación neoconvergente. La junta concluyó que la situación de rebeldía del expresident y los exconsellers les inhabilita, y que el hecho de no residir en españa ni haber solicitado el voto por correo los excluye del censo electoral, de lo que infiere la JEC que no pueden ser candidatos.
Pero los cuatro discrepantes de la decisión suscrita por otros siete miembros de la junta argumentan que la situación de rebeldía no es causa de inelegibilidad, que la junta no tiene potestad para excluir a ningún ciudadano del censo y ni siguiera debería haber admitido a trámite los recursos presentados por Cs y PP.