El Govern asimila ahora la consulta soberanista a una encuesta de opinión
Homs muestra su satisfacción por el aval concedido por el Consejo de Garantías a la ley de consultas, pese a tener cuatro votos particulares
“Conocer la opinión de los catalanes, a eso no se puede negar nadie”. Esa es la expresión del conseller de Presidència, Francesc Homs, para justificar ahora la consulta soberanista del 9 de noviembre.
En un alarde de interpretación muy personal, Homs ha mostrado su satisfacción porque el Consejo de Garantías Estatutarias de la Generalitat haya avalado la ley de consultas catalana. Pero la ley que defiende consultas “de relevancia política” para los catalanes, puede avalar también, según Homs, precisamente porque es de “relevancia política” un referéndum de autodeterminación, que choca con la competencia estatal.
Homs ha insistido una y otra vez, en una intervención de urgencia en el Palau de la Generalitat, en la necesidad de conocer la opinión de los catalanes, algo que se va conociendo a través de las encuestas sociológicas de las instituciones, o de las empresas privadas que realizan periódicamente sus estudios.
Aval con votos particulares
El Consejo de Garantías Estatutarias ha avalado la ley por mayoría de sus nueve miembros. La ley catalana se votará, en septiembre, en un pleno del Parlament, y justo después el President Artur Mas firmará la convocatoria de la consulta para el 9 de noviembre.
El dictamen ha contado, sin embargo, con cuatro votos particulares, de Pere Jover, Eliseo Aja, Marc Carrillo y Carles Jaume Fernàndez.
El dictamen asegura que “Mientras que en derecho comparado encontramos que numerosos estados federales o compuestos reconocen en sede constitucional la capacidad de los poderes públicos subestatales de convocar unilateralmente, sin necesidad de autorizacion de poderes centrales, referendos en sus respectivos territorios, el ordenamiento español, por contra, reserva esta figura a la autorización de las instituciones centrales, sin tener en cuenta su posible modulación”.
¿Es o no un referéndum?
Pero añade que “al mismo tiempo el sistema constitucional español tampoco prohíbe que la Generalitat pueda convocar a la ciudadanía sobre cuestiones que son de su interés y competencia si lo realiza amparada en una competencia propia (artículo 122 del Estatut) y lo hace con un procedimiento y unas consecuencias diferenciadas del referendo”.
Y a eso se agarra el Govern de Artur Mas, aunque la consulta es claramente un referéndum, porque ofrece dos respuestas posibles, en una pregunta doble encadenada, sobre la independencia de Cataluña.
El Govern quiere hacer ver que se trata de una consulta, “para saber qué opinan los catalanes”, y que, “como no tiene efectos jurídicos vinculantes”, se podría tolerar.
Las razones de los juristas
Pere Jover justifica su voto particular por cuestiones de seguridad jurídica e igualdad de los ciudadanos ante la ley. En el caso de Eliseo Aja su discrepancia va más al fondo de la cuestión, al entender que sería más lógico que el Estado y la Generalitat aprobaran o reformaran leyes que puedan facilitar el marco jurídico del referendo para que en Cataluña se celebre un referéndum “sin dudas de constitucionalidad”.
En el caso de Marc Carrillo, éste jurista pide dar más peso al Parlament en la convocatoria de las consultas, y Carles Jaume Fernàndez entiende que la ley vulnera repetidamente la Constitución y el Estatut.