Sanidad rectifica los paseos: hasta 10 personas en fase 1 y 15 en la 2
El BOE indica que aquellas zonas que se encuentren en fase 1 podrán permitir paseos con 10 personas, mientras que en fase 2 se permitirán hasta de 15
El Ministerio de Sanidad ha decido flexibilizar los paseos en la fase 1 y la fase 2. Con los nuevos cambios, hasta 10 personas podrán ir a pasear en grupo en la fase 1 y hasta 15 en la fase dos, según ha publicado una nueva orden del Boletín Oficial del Estado (BOE) este sábado 23 de mayo. Toda España estará como mínimo en la fase 1 de la desescalada a partir del próximo lunes 25 y, por lo tanto, podrá quedar en grupo y visitar las terrazas.
La reciente flexibilización también afecta a los menores, que podrán ir a pasear con sus dos progenitores desde la fase 1 a partir del lunes. «Hoy se han flexibilizado las normas para los paseos con niños y niñas durante la fase 1. Hasta ahora solo podían salir acompañados de un adulto. A partir del lunes podrán pasear con dos adultos si se quiere, manteniendo las medidas de seguridad», ha tuiteado el ministro de Consumo, Alberto Garzón.
Hoy se han flexibilizado las normas para los paseos con niños y niñas durante la fase 1. Hasta ahora sólo podían salir acompañados de un adulto. A partir del lunes podrán pasear con dos adultos si se quiere, manteniendo las medidas de seguridad. https://t.co/bQ7sg7AsvC pic.twitter.com/dmqPdwqeVB
— Alberto Garzón🔻 (@agarzon) May 23, 2020
La modificación de las órdenes pretende poder realizar una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
La publicación también introduce una nueva disposición adicional para la flexibilización de los desplazamientos de la población infantil y práctica de la actividad física no profesional.
Por ello, tras la entrada en vigor de esta orden, dejan de ser de aplicación a los desplazamientos de la población infantil y a la práctica de la actividad física no profesional las limitaciones respectivamente previstas en los artículos 3.1 de la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, y 2.3 de la Orden SND/380/2020, de 30 de abril.
El BOE también ha publicado este sábado la quinta prórroga del estado de alarma, un texto que recoge que el ministro de Sanidad, Salvador Illa, se convierte en la única autoridad competente delegada. Las comunidades autónomas tendrán un papel más decisivo en las medidas a aplicar durante la desescalada, puesto que el Gobierno podrá acordar conjuntamente con cada una de ellas la modificación, ampliación o restricción de las actuaciones y las limitaciones.