El Supremo ve prevaricación en la excarcelación de Junqueras
La sala del alto tribunal que llevó el juicio del 'procés' señala las consecuencias que tendría enviar a los líderes independentistas a sus domicilios
El Tribunal Supremo ha advertido este martes a la Generalitat que la excarcelación por la pandemia de coronavirus de los líderes independentistas en prisión podría suponer un delito de prevaricación. Así se ha pronunciado la sala del alto tribunal que llevó el juicio del ‘procés’ sobre la posible excarcelación del vicepresidente catalán, Oriol Junqueras, y de los otros ocho presos.
Este mismo martes, la consellera de Justicia, Ester Capella, ordenó estudiar el traslado de los políticos a sus domicilios durante el estado de alarma, que se prolongará como mínimo hasta el próximo 11 de abril.
De esta forma, demás de Junqueras, los exconsellers del Govern Carme Forcadell, Dolors Bassa, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Turull y Joaquim Forn, además del expresidente de ANC, Jordi Sánchez, y de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, podrían pasar el confinamiento en sus respectivas casas.
El Supremo señala en una nota de prensa que se dirigirá a las Juntas de Tratamiento de los centros de Lledoners y Puig les Bases -donde se encuentran los políticos- en el caso de que finalmente acuerden la excarcelación. Y pedirán explicaciones a los directores de cada cárcel para esclarecer el «fundamento jurídico que justifica esa decisión».
«Ello se enmarcaría en la exigencia de responsabilidades penales», apunta el Supremo, en alusión a que se contemplaría como prevaricación la actuación de los funcionarios de prisiones. De hecho, Instituciones Penitenciarias ya denegó el excarcelamiento de los líderes independentistas al principio del confinamiento.
Los anteriores permisos carcelarios les habían sido concedido en cumplimiento del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario. Este mecanismo quedó sujeto al Real Decreto mediante el que el Gobierno estipuló el estado de alarma. «No cuenta con soporte legal alguno, salvo que tal decisión sea aprobada judicialmente», señaló entonces el Ministerio de Interior, ante la insistencia del Departamento de Justicia catalán.
Más de 2.000 presos cumplen condena fuera de prisión
Según los últimos datos de Instituciones Penintenciarias, recogidos por Efe, 2.071 presos clasificados en tercer grado cumplen su condena en sus domicilios controlados bien por una pulsera telemática o bien por teléfono. A estos nuevos reclusos se les suman otros 2.690 que ya lo hacían antes de que entrara en vigor el Real Decreto.
Instituciones Penitenciarias envió el pasado día 18 las medidas adicionales a seguir por las juntas de tratamiento en relación a las visitas a los presos. A todas, salvo a las prisiones catalanas, que no dependen de la Administración Central. Mediante este procedimiento, cada junta podría analizar cada caso de forma individualizada y dictaminar finalmente de qué forma cumpliría cada preso su condena durante el estado de alarma.
No obstante, esta decisión no afecta a los presos a los que se le aplica el 100.2 al estar en régimen ordinario.