Novedad: así puedes alquilar una casa de forma automática sin ver al propietario

El mercado del alquiler cuenta ya con procesos digitalizados para entregar la documentación y visitar virtualmente la vivienda, además de una app para agilizar los pagos y cobros de la fianza

Una casa y unas llaves. Moroso. Foto: Freepik

Alquiler deLas agencias inmobiliarias pueden incluir los nombres de los inquilinos morosos en el FIM. Foto: Freepik. vivienda

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Alquilar una vivienda es un proceso frecuentemente largo y que requiere de tiempo para acudir a visitar cada uno de los inmuebles y conocer a los distintos propietarios. En España, el mercado del alquiler sigue funcionando mucho por el boca a boca y el contacto personal entre arrendadores, arrendatarios e inmobiliarias, pero en otros países como EEUU están automatizando procesos sirviéndose de las nuevas tecnologías.

Según recoge Idealista, grandes tenedores como Image Homes, Invitation Homes o American Homes 4 Rent cuentan con procesos automatizados para entregar la documentación e, incluso, visitar virtualmente la vivienda. Además, permiten firmas del contrato mediante una app y entrar a la vivienda mediante un código definitivo que abre la puerta de la nueva casa.

Más allá de las visitas virtuales, los interesados en alquilar la vivienda con estas empresas también pueden solicitar una visita presencial si son preseleccionados al entregar toda la documentación requerida por email. Para visitar la casa, deben escanear su rostro en el móvil para recibir un código que les permitirá abrir la cerradura inteligente de la casa, nada de llaves.

Fianzas por APP en Madrid

Por el momento, en la localidad de Madrid se obliga al arrendador a declarar el alquiler en el IVIMA, el Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid, y a depositar la fianza en este organismo correspondiente y dentro del plazo que establece la ley. Si se quiere realizar esta gestión de forma totalmente gratuita, el plazo es de 30 días desde la firma del contrato.

El dueño de la vivienda puede disponer de este dinero cuando haya finalizado el periodo de alquiler para cubrir los posibles impagos de la renta, realizar las reformas necesarias en caso de un mal uso de la vivienda o cuando el arrendatario no haya respetado algún otro punto del acuerdo. De la misma manera, si el arrendatario ha respetado la conservación del inmueble y le corresponde recuperar la fianza, lo podrá hacer también a través de la misma aplicación.

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