Uber y el juez
Todos se han dedicado a valorar las consecuencias del Auto del juez del mercantil número 2 de Madrid sobre Uber. Pero aún no he leído a nadie que haya analizado la esencia del mismo. En este país, según parece, podemos dudar de la política, podemos dudar de los empresarios, podemos dudar de la prensa, podemos dudar hasta de las leyes, pero no podemos dudar de los trabajadores o de los jueces. Siempre malo cuando alguien parece dotado de la verdad absoluta.
No seremos nosotros los que hablemos de la profesión de juez. Siempre hemos creído que su función es más aburrida de lo que parece. Está, en general, encorsetada por unas leyes aprobadas por el legislador de turno. Cierto en democracia con más garantías para el ciudadano medio. Y a mayores, simplemente, pueden buscar interpretarla de una forma coherente o mejorarla sobre una reglamentación superior. Por ejemplo, en el caso de España sobre directivas de la Unión Europea.
Lamentablemente, y decimos lamentablemente porque en general son buenos conocedores de la realidad más triste de un país, no deben dejarse llevar por una filosofía o unas ideas personales. Esa no es la función de un juez. No son filósofos, ni sociólogos, y menos creadores de opinión. Esa función, el más claro ejemplo el ex juez Garzón no debe estar en sus atribuciones si pretendemos un encaje correcto de la justicia en un sistema puramente democrático.
Por todo ello, sorprende en el auto del juez de Madrid algunas afirmaciones, además base para su escrito como: «La fluidez del mercado por internet, la velocidad de comunicación del sistema Uber, empresa participada por el gigante Google, la ubicación en el paraíso fiscal señalado, la propia dificultad de citación de la demandada, suponen per se elementos que podrían integrar además de lo expuesto más arriba, el peligro de mora procesal del artículo 728.1 de la LEC, si no se adopta una protección cautelar»
Vemos que su señoría es capaz de identificar que el mercado de internet es fluido. Que el sistema Uber se ha extendido velozmente. Peor aún, que está participada por un «gigante» como Google.
Desconozco en que punto de la legislación española o mundial eso es un problema o simplemente se cite. Pero es más cita a contrario que la propia Hacienda española a Delaware como un paraíso fiscal. Pero lo más grave soslaya el citar a la otra parte para aclarar esos aspectos.
Vamos a un caso más trivial. Un banco cobra una comisión aberrante a cualquier ciudadano y supongo ese juez fallará contra ese banco sin citarlo. Un banco en España es un gigante, se mueve rápido, tiene sedes en paraísos fiscales, y lo peor, según esa teoría, su dolo es continuado y perjudica a una mayoría muy superior al colectivo de taxistas. Pero ya verán como ese juez no se atreve con las cosas más reales. Suponemos que ahí se ceñirá a las leyes. No como hace en el tema Uber con unos conceptos más propios de sus ideas y de su filosofía personal.
Pero su señoría va todavía a más. Ahora también ejerce de visionario del futuro en su auto: «Dada la naturaleza del servicio mercantil que presta Uber, su vocación transfronteriza, su voluntad de ocupar de manera secuencial el mercado de transporte de viajeros sin reunir de momento los requisitos administrativos exigidos, se hace necesario ponderar en esta resolución que, para que posea efectividad la misma, siendo su terreno de contratación y publicidad el cibernético, lo sea en todo el territorio nacional.» Añadiendo un párrafo final único: «La cesación y prohibición de cualquier aplicación o de cualquier otro soporte o sistema tecnológico o informático para prestar el servicio de transporte de viajeros indicado en España».
Es decir, una empresa «transfronteriza» con justicia local limitada a su país. Vamos a poner palos a las ruedas. Pero oiga, lo hacemos sólo donde incumben las leyes –ahora sí que es regio con las mismas– aunque entienda que las mismas difícilmente pueden afectar a internet (llamado mundo cibernético). Realmente algo ininteligible, solo propio de estructuras muy antiguas. Todo remachado con una prohibición. Pero no una prohibición cualquiera. Palabra que ya afecta a la inteligencia de los más liberales.
Su señoría prohíbe cualquier app u otro sistema tecnológico o informático para prestar servicio de viajeros en España. ¿Un simple programa de gestión de flotas con viajeros debería ser cesado? ¿La app de cualquier empresa de autobuses o incluso de taxis debería cesar de inmediato? Cuando el juez excede sus funciones de interpretar la ley a la de legislar de los políticos, tenemos un problema. Pero también cuando nadie lee una sentencia y simplemente interpreta la última línea tenemos otro problema.
Uber puede ser prohibido. Uber puede incurrir en faltas administrativas. Uber puede ser un desastre para colectivos establecidos. Pero jamás un juez debe legislar lo que no está legislado. Jamás un juez puede valorar lo que simplemente debe interpretar. Tenemos grandes ejemplos de jueces mercantiles que ante una duda, un problema, un drama, han tirado de imaginación y de normativas –por ejemplo europeas–. Además, por cierto, con reconocimiento y satisfacción de la ciudadanía.
El resto es demagogia, brindis al sol, querer salir en titulares de diarios, y dicho de nuevo, con pulcritud, demagogia barata.
Que un gigante como Google –denostarle en algunos aspectos– este detrás de Uber no significa que debamos perseguirlo. Que Uber actúe o tenga cuentas supuestamente en Delaware como la mayoría de empresas españolas del Ibex35 tampoco es un delito. Aquí también los bancos violentan muchas inteligencias, pero ese juez no le obligará a cesar su actividad. Supongo la demagogia de alguna política empieza a circular por algunos juzgados. Y eso, señoría, no es justicia. Las cosas feas no son delitos hasta que el legislador no haga leyes para ello.
No podemos olvidar que la función del juez son las leyes, no legislar. Y lo mínimo de cualquier presunto «malvado» es dejarle hablar y opinar. Actuar sin esa mínima diligencia que recuerda a épocas muy anteriores. Y nadie duda de que autos como ese no son positivos para un país.
Las Leyes debemos mejorarlas, adaptarlas a la realidad. Pero no podemos crearlas sobre interpretaciones personales de un juez. Eso crea inseguridad jurídica. Y es un dicho bien sabido que crear inseguridad jurídica en un país es el principio de la caída en un abismo. No debemos abrir nuevas brechas en este camino tortuoso.